reserva hidráulica
La modificación de la Ley de Aguas exigirá a las confederaciones a fijar un régimen mínimo y máximo de caudales a desembalsar en los embalses
Lo ocurrido en el mes de agosto con el desembalse masivo de varios embalses en España, entre ellos el de Valdecañas en la provincia de Cáceres, ha levantado la alerta entre las administraciones regionales, entre ellas la extremeña. La consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Olga García, ha comparecido en el pleno de la Asamblea de Extremadura para informar sobre las actuaciones llevadas a cabo por la Consejería ante los desembalses producidos este verano en Extremadura.
Durante su intervención, ha destacado que la Junta de Extremadura no ha tenido conocimiento sobre los desembalses de este verano, dado que no es miembro de las comisiones de desembalse de las confederaciones ni tampoco se le ha comunicado como consecuencia de lo que establece la Ley de Pesca, al no estar previstos daños a la fauna acuícola, los cuales no hay constancia que se hayan producido”.
Pese a ello, la consejera ha dado cuenta pormenorizada de la serie de actuaciones y gestiones ante el Estado que se han llevado, dado que, según ha afirmado la consejera, “creemos que la evacuación de agua en los embalses ocurrida en los últimos meses es un ejemplo de malas prácticas”. No obstante, ha recordado, se ha actuado hasta donde permiten las normas, porque son las confederaciones los organismos competentes al tratarse de cuencas compartidas.
Olga García ha puesto en valor el recién aprobado RDL 17/2021, que obliga a que las confederaciones al inicio de cada año hidrológico fijen un régimen mínimo y máximo de caudales mensuales a desembalsar en los embalses mayores de 50 hectómetros cúbicos, tanto en situaciones de normalidad hidrológica como de sequía prolongada, así como un régimen de volúmenes mínimos de reservas embalsadas para cada mes. Esta introducción de criterios de utilización racional de los recursos hídricos evitará efectos indeseados sobre la flora y la fauna.
La consejera ha recordado que “el Estado debe actuar para proteger los derechos de los usuarios del agua priorizando la satisfacción de las demandas de agua de la población, antes que a las actividades productivas particulares”.
Para garantizar esto, en los últimos meses desde la Consejería se han producido numerosas reuniones con los presidentes de las confederaciones hidrográficas del Tajo y el Guadiana, solicitando la interrupción de desembalses para evitar problemas en el abastecimiento de diferentes municipios y otros efectos medioambientales.
También se remitió una carta a la ministra para la Transición Ecológica con una petición formal para adoptar medidas de corrección de la gestión de desembalses, y se llevó a cabo una reunión con el secretario de Estado de Medio Ambiente para reclamarle medidas para que no se repitiese lo sucedido este verano.
Subrayaba la consejera que esta “ha sido una gestión inaceptable a todas luces pero, con la modificación de la Ley de Aguas no debe volver a producirse, gracias a la implementación de límites mensuales de desembalsado y volúmenes mínimos de reserva”.
En lo referido a las consecuencias negativas que estos desembalses han provocado en una parte del río Tajo a su paso por Monfragüe, explicaba que “hemos estamos preocupados y vigilantes solicitando los informes preceptivos, se han recabado informes sobre la afección sobre especies protegidas y hábitats, además de analizar periódicamente muestras de la calidad del agua, haciendo un seguimiento sobre el caudal de los embalses en el entorno de Monfragüe y los potenciales afecciones a la flora y a la fauna”.
En este sentido, ha asegurado que “no se tiene constancia de mortandad de peces ni de ninguna otra especie en las orillas de los embalses y ninguno de los hábitats ni especies catalogadas en el Parque Nacional de Monfragüe se ha visto afectada por los desembalses”.
Por último, y en relación con la Ley de Parques Nacionales, que considera que los aprovechamientos hidroeléctricos como actividades incompatibles, ha explicado que la ley declarativa de Monfragüe no incluye expresamente la supresión de estos aprovechamientos sino la corrección de sus impactos, lo que la consejera ha identificado con la no renovación de la concesión de los aprovechamientos cuando caduquen, según establece el Plan Director de la Red de Parques Nacionales.
Extremadura solo supera los 3.000 Gwh de energía hidroeléctrica en uno de los últimos ocho años por el cambio climático
Extremadura atesora el mayor “mar interior” de España, lo que la convierte en una de las grandes potencias hidroeléctricas del país con 27 instalaciones hidráulicas. De ellas, 12 (Gabriel y Galán, Guijo de Granadilla, Valdeobispo, Torrejón, José María Oriol, Cedillo, Valdecañas, Cíjara, Puerto Peña, Orellana, Zújar y La Serena) dispone de más de 10 Mw de potencia unitaria. Entre todo el sector hidroeléctrico regional suman 2.278 Mw, el 51% de la potencia renovable instalada en la región. Todo este gran potencial productor choca con una realidad: cada vez llueve menos y de forma menos constante entre estaciones.
El año 2019 fue un buen ejemplo de ello, ya que la producción hidroeléctrica regional se quedó en los 1.095,94 Gwh, muy por debajo de la media extremeña de los últimos quince años que es de 2.346 Gwh. Para hacerse una idea de los estragos que el cambio climático y el déficit de precipitaciones está provocando en el sector hidroeléctrico extremeño basta analizar los últimos 8 años: en tres de ellos no se han pasado de los 1.500 Gwh y solo en uno de ellos se han superado los 3.000 Gwh. De los últimos quince años, el récord de generación hidroeléctrica en Extremadura se alcanzó en el año 2019 con 4.019 Gwh, mientras que el mínimo fue en el 2005 con solo 804 Gwh.
-Fuerte descenso. El descenso de la producción de energía hidroeléctrica fue del 52,4% en relación a los valores del año 2018, cuando se alcanzaron los 2.306 Gwh. La caída casi duplica a la de la media española. Este fuerte descenso provocó que solo representara el 5,2% del total de la energía eléctrica producida por la región en el año 2019, uno de sus menores valores históricos. Sobre todo teniendo en cuenta su gran potencial en megawatios instalados.
Según datos del Informe sobre el Sistema Eléctrico Español 2019 de REE, la producción hidráulica peninsular en el 2019 alcanzó los 24.709 GWh, lo que supone un descenso del 27,6 % respecto al año anterior, como consecuencia de un año con menos precipitaciones. “Su aportación a la estructura de generación peninsular ha sido del 10%. En el 2019 el total generado por las centrales hidráulicas situó a esta tecnología como la quinta fuente de generación, mientras que el año anterior fue la cuarta con un peso del 13,8 % en el total peninsular”.
Hay que tener en cuenta que durante todos los meses del 2019, excepto noviembre y diciembre, la producción hidráulica ha sido inferior tanto a la generación del 2018 como a la media histórica, calculada con las producciones de los últimos veinte años.
La Comunidad de Extremadura cuenta con el 13,3% de la potencia hidroeléctrica española en megawatios, la tercera del país, aunque en los últimos años su generación anual oscila entre la quinta y al sexta posición. El pasado año solo supuso el 4,4% del total nacional.
-Agua embalsada. Como ejemplo del año climatológico del 2019, a finales del mes de octubre, la Cuenca del Guadiana solo contaba con 3.549 hectómetros cúbicos –el 37,6% de su capacidad- mientras que la del Tajo solo contaba con 3.832 hectómetros cúbicos, e 34,7% de su capacidad. Ambos porcentajes estaban por debajo de la media de agua embalsada en las cuencas españolas.
Pese a la buena primavera en precipitaciones, el agua embalsada en la cuenca del Guadiana a mediados de julio pasado seguía en el 37,6% (3.490 hm), en plena campaña de regadío. Mucho mejor se encontraba la del Tajo, al 62% con 6.859 hm, gracias sobre todo a embalses de Alcántara, Valdepeñas, Cedillo y Gabriel y Galán.
Las solicitudes de inscripción en el nuevo registro de presas, embalses y balsas deberán presentarse en el plazo máximo de un año
Aunque el año hidrológico no ha acompañado para nada, Extremadura posee un gran patrimonio de embalses y pantanos. La Dirección General de Infraestructuras de la Junta de Extremadura está llevando a cabo la creación del Registro de Seguridad de Presas, Embalses y Balsas de la Comunidad Autónoma de Extremadura ubicadas fuera del dominio público hidráulico, para determinar así su estructura y funcionamiento.
Este Registro pretende inscribir todas las presas, embalses y balsas ubicadas en su ámbito territorial y fuera del dominio público hidráulico, siempre que superen los cinco metros de altura o los cien mil metros cúbicos de capacidad de almacenamiento, bien sean de titularidad privada o pública, existentes, en construcción o que se vayan a construir. Se exceptúan del ámbito de aplicación de este decreto las balsas y embalses que almacenen estériles mineros y las de residuos, que se regirán por su legislación específica.
El titular de la presa o balsa será considerado como tal la persona física o jurídica, de derecho público o privado, que tenga inscrito en el Registro de Seguridad de Presas, Embalses y Balsas de la Comunidad Autónoma de Extremadura el título para construir o explotar una presa, embalse o balsa. En ausencia de inscripción o cuando, por cualquier circunstancia, la inscripción no estuviera actualizada y así se acreditara, se considerará titular a la persona física o jurídica, de derecho público o privado, propietaria del inmueble en que estuviere ubicada la presa, embalse o balsa, incluso cuando su explotación haya sido cedida a un tercero.
Las solicitudes de inscripción en el Registro para las presas, embalses y balsas existentes o en construcción, deberán presentarse en el plazo máximo de un año a contar desde la entrada en vigor de este decreto. Para las presas, embalses y balsas que se pretendan construir en el futuro, deberá presentarse la solicitud de inscripción, así como la solicitud de clasificación de la infraestructura, con anterioridad al inicio de su construcción. La solicitud será objeto de informe por personal técnico adscrito al órgano directivo competente en materia de seguridad de presas, embalses y balsas, que a la vista de la documentación presentada.
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