La red de transporte aún dispone de capacidad para nueva demanda en el 25% de sus nudos
Red Eléctrica, en su condición de operador del sistema (OS) ha publicado por primera vez las capacidades de acceso para la conexión de demanda en los nudos de la red de transporte calculadas según los criterios técnicos establecidos por las Especificaciones de detalle aprobadas por la CNMC mediante la Resolución de 1 de diciembre.
Los criterios técnicos de cálculo establecidos, de forma análoga a los que son de aplicación para generación, tienen por objeto seguir garantizando la seguridad y correcto funcionamiento del sistema.
Sólo en la red de transporte hay otorgados permisos de acceso y conexión a 129 GW de instalaciones eólicas y fotovoltaicas, 16 GW de instalaciones de almacenamiento y 19 GW de instalaciones de demanda. De estas últimas, desde 2022, fecha en que se aprobó la planificación vigente, se han otorgado 11,8 GW de capacidad para nuevas demandas sin que ninguna se haya puesto aún en servicio. Disponen para ello de 5 años desde que obtuvieron el permiso. El volumen de demanda con permiso, pendiente de conexión sólo a la red de transporte, supondría un incremento del 25% de la demanda actual del país.
Los valores publicados recogen que la red de transporte aún dispone de capacidad para nueva demanda en el 25% de sus nudos que podrá ser otorgada bien a través del criterio general de prelación o mediante concurso.
La información que se publica cumple el acuerdo de la CNMC del pasado 13 de febrero tras la puesta en conocimiento por parte del Operador del Sistema de la situación tanto en cuanto al cálculo de las capacidades de acceso como al avance en el acuerdo de los valores de referencia. Esta información que será actualizada mensualmente será aplicable a todas las evaluaciones de capacidad de acceso de la demanda a la red de transporte que deban realizarse y se irá actualizando a medida que avance el proceso en torno a los valores de referencia y se evolucione en el ámbito de la normativa sobre requisitos de robustez, tal y como indicó la CNMC en dicho acuerdo.
Los resultados de los estudios realizados y en particular los correspondientes al criterio dinámico, confirman la necesidad de asegurar requisitos de robustez (soportar huecos de tensión) en las futuras instalaciones de demanda que se pongan en servicio, especialmente las conectadas mediante electrónica de potencia.
La evolución anunciada de esta normativa permitirá incrementar notablemente la capacidad otorgable en gran parte de los nudos en los que actualmente el valor se ve limitado por criterio dinámico, dado que la red de transporte permitiría acoger con seguridad los flujos necesarios para la alimentación de consumos adicionales.
Las especificaciones de detalle establecen por primera vez la definición del valor de capacidad para demanda que se reserva en la red de transporte para su otorgamiento a instalaciones a conectarse a las redes de distribución (valores de referencia). También a lo largo de estos meses el OS y los gestores de las redes de distribución vienen trabajando en este aspecto en los nudos en los que existen interfaces entre ambas redes y que debe formalizarse mediante acuerdo siguiendo las directrices definidas por la CNMC.
La suma de valores propuestos por los gestores de las redes de distribución supera el doble de la punta histórica del sistema (45 GW). Actualmente, se han alcanzado acuerdos en el 45% de los interfaces transporte/distribución que suman una capacidad de 33,1 GW.
Para seguir avanzando en el proceso de acuerdo de valores de referencia se identifica un número de casos relevante que requiere establecer criterios normativos adicionales para homogeneizar el tratamiento de todos los interfaces entre red de transporte y red de distribución.
La Junta elabora un nuevo mapa de zonas prioritarias para energías renovables para preservar las zonas más productivas del agro regional
El Diario Oficial de Extremadura ha publicado una resolución de 11 de febrero por la que se da publicidad a las zonas prioritarias para el desarrollo de proyectos de energía solar fotovoltaica en la Comunidad Autónoma de Extremadura. De esta forma, la Consejería de Agricultura trata de buscar el equilibro entre la producción renovable a través de grandes parques fotovoltaicos y la protección de los suelos agrícolas y ganaderos más productivos, ante las quejas vertidas desde diferentes asociaciones profesionales de agricultores y ganaderos en los últimos tiempos.
Según la Consejería, “Extremadura ha experimentado en los últimos años una rápida y robusta contribución a la transición energética en España, especialmente en lo que a generación de energía solar fotovoltaica se refiere, impulsada por el elevado recurso solar existente en toda la región. Si bien, los beneficios que el despliegue de este tipo de energías renovables están generando son incuestionables, por otro lado, no se trata de energías totalmente inocuas, pues, asumiendo que el espacio es un recurso finito, este tipo de proyectos requiere habitualmente de amplias superficies de terreno, especialmente la energía solar fotovoltaica, lo cual hace necesario contar con una planificación para evitar y minimizar los impactos de estas infraestructuras en los ecosistemas, la biodiversidad y las actividades de producción agrícola tradicional.
De este modo, durante años, los proyectos de energía solar fotovoltaica han venido compitiendo en cierta manera con el sector agrario por el recurso natural del suelo, dada la incompatibilidad de aquellos principalmente con los cultivos leñosos, tales como olivar, vid, frutales, así como en las dehesas.
Ante esta situación, en el año 2021, el Decreto 141/2021, de 21 de diciembre, por el que se regulan los usos y actividades compatibles y complementarios con el regadío en zonas regables de Extremadura declaradas de interés general de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares, aprobó restricciones a los proyectos de energía solar fotovoltaica, al declarar como usos o actividades no compatibles ni complementarias con el regadío, en especial, a los aprovechamientos de energías renovables destinados a la producción u obtención de energía eléctrica, salvo las instalaciones de autoconsumo para la generación de energía eléctrica o térmica desde fuentes de energía renovables ligadas a los aprovechamientos compatibles o complementarios, y las instalaciones de autoconsumo para la generación de energía eléctrica desde fuentes de energías renovables promovidas por las comunidades de regantes o regante a título individual, cuyo objeto sea reducir los costes energéticos que le supone a los y las regantes poder disponer de agua de riego en las explotaciones de la zona regable.
Y es que, lo apuntado anteriormente respecto al regadío, en cuanto a su mayor aportación a la generación de empleo y economía que las plantas solares fotovoltaicas, también sería extrapolable, en la gran mayoría de los casos, a los cultivos leñosos y a las tierras arables de gran productividad, así como a las dehesas y a otras zonas con valores ambientales importantes.
Por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura se elaboraron en su momento mapas de capacidad de acogida, que han permitido a los promotores de los proyectos de energía solar fotovoltaica ya en servicio conocer las ubicaciones consideradas como especialmente adecuadas para la instalación de este tipo de plantas de energía renovable. Estos mapas se estructuran en cinco niveles de capacidad (muy baja, baja, media, alta y muy alta capacidad de acogida), teniendo en cuenta 9 factores ambientales: pendiente, hidrología, espacios protegidos, Red Natura 2000, paisaje, flora protegida, hábitats, especies de fauna amenazada y yacimientos de patrimonio. Además, también se ha valorado la mayor distancia a subestaciones con capacidad de evacuación de energías renovables, en este caso como criterio desincentivador. Esta resolución actualiza los criterios de capacidad de acogida a proyectos de energía fotovoltaica, introduciendo limitaciones relacionadas con los suelos agrícolas más productivos, los usos que generan más empleo, economía y fijan población, así como las dehesas, como sistema muy arraigado en el mundo rural.
No obstante, a pesar de haber sido una herramienta de valiosa utilidad en el despliegue de la energía solar fotovoltaica, es necesario avanzar en una planificación más holística, de modo que los mapas de capacidad de acogida incluyan otros factores, tales como la capacidad productiva de los suelos.
Por tanto, dado que los proyectos de energía solar fotovoltaica aún no son compatibles con cultivos leñosos y tierras arables de gran productividad o las dehesas y, tal y como ya se ha señalado, reconociéndose la mayor capacidad de generación de empleo y de economía social de estos últimos respecto a la energía solar fotovoltaica, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible considera necesario revisar los mapas de capacidad de acogida, incluyendo el criterio o factor del valor agronómico del suelo, de manera que estos mapas sean más respetuosos con la economía agraria, compatibilizándose, de este modo, el avance en el despliegue de la energía solar fotovoltaica con la protección de los suelos más productivos de Extremadura, y especialmente de cultivos leñoso, así como las dehesas, que forman parte del tejido productivo que más empleo genera, y elemento clave en la fijación de población en las zonas rurales, contribuyendo a la economía de muchos municipios extremeños.
En el mapa de zonas prioritarias, cuya difusión tiene por objeto esta resolución, se definen las áreas que se consideran preferentes para el desarrollo de nuevos proyectos de energía solar fotovoltaica en Extremadura, siendo clasificadas en zonas definidas como de alta o muy alta capacidad de acogida. Para la elaboración de este nuevo mapa se ha valorado, además de los factores ambientales a los que nos hemos referido anteriormente, un nuevo criterio, cual es el valor productivo de los suelos y las áreas de dehesa por su enorme arraigo en el mundo rural, y ello a fin proteger los cultivos de mayor potencial socioeconómico para nuestra Comunidad Autónoma, de manera que, en lugar de competir ambos sectores por un mismo suelo, se fomenten sinergias entre la gestión de recursos naturales y el desarrollo económico de las zonas rurales.
UNEF quiere que el autoconsumo opte a desgravaciones en el IRPF de las obras de mejora para la eficiencia energética
Esta semana se ha publicado el Real Decreto-Ley 2/2026, que recupera algunas medidas de especial relevancia para el impulso del autoconsumo incluidas en el RDL 16/2025, que fue derogado la semana pasada. Una nueva normativa que está pendiente de aprobación por parte del parlamento.
En concreto, el Real Decreto-ley 2/2026 incluye en su articulado deducciones en el IRPF para los hogares que instalen autoconsumo eléctrico como obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas y libertad de amortización del impuesto de sociedades para aquellas industrias, empresas y comercios que implementen estas soluciones de generación de energía limpia y ahorro energético.
Desde la Unión Española Fotovoltaica, UNEF, aplauden estas medidas, ampliamente reclamadas por la asociación. Destacan su importancia para alcanzar los objetivos de autoconsumo del PNIEC e incentivar el ahorro energético de los ciudadanos y de las industrias facilitando el acceso a soluciones de autoconsumo.
“El autoconsumo está muy lejos de poder conseguir los objetivos del PNIEC de 19GW a 2030. Según los datos que compartimos recientemente, en 2025 solo se instalaron 1139 MW, sumando 9,3 GW. Estamos perdiendo una oportunidad histórica de ahorro energético e industrialización por las barreras tanto administrativas como de incentivos fiscales que existen al autoconsumo” ha valorado José Donoso, director general de UNEF.
“El autoconsumo es uno de los elementos clave que está atrayendo industria a nuestro país. Casi todas las industrias que hay en nuestro país plantean sus proyectos con autoconsumo, porque es la forma más barata de generar energía, especialmente en España con las horas de radiación excepcionales que tenemos. La libertad de amortización del impuesto de sociedades que plantea esta normativa favorece no solo el desarrollo del autoconsumo, sino también la industrialización de nuestro país”, añade Donoso.
Sobre el impacto que la aprobación tendría sobre los hogares, Donoso recuerda que “no olvidemos que la energía en España sigue siendo cara, y podría serlo mucho más de no ser por el efecto de abaratamiento del precio final que tiene la fotovoltaica”, pero insiste en que “se está desaprovechando todo el potencial del autoconsumo. Los hogares no pueden ahorrar todo lo podrían por el gran peso que tiene el término fijo en sus facturas y necesitamos un revulsivo para ayudar a las familias a invertir en estas soluciones. Y esta desgravación en el IRPF puede ser el más eficaz de todos, al ser una ayuda directa de fácil tramitación”.
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