La Junta elabora un nuevo mapa de zonas prioritarias para energías renovables para preservar las zonas más productivas del agro regional

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El Diario Oficial de Extremadura ha publicado una resolución de 11 de febrero por la que se da publicidad a las zonas prioritarias para el desarrollo de proyectos de energía solar fotovoltaica en la Comunidad Autónoma de Extremadura. De esta forma, la Consejería de Agricultura trata de buscar el equilibro entre la producción renovable a través de grandes parques fotovoltaicos y la protección de los suelos agrícolas y ganaderos más productivos, ante las quejas vertidas desde diferentes asociaciones profesionales de agricultores y ganaderos en los últimos tiempos.

Según la Consejería, “Extremadura ha experimentado en los últimos años una rápida y robusta contribución a la transición energética en España, especialmente en lo que a generación de energía solar foto­voltaica se refiere, impulsada por el elevado recurso solar existente en toda la región.  Si bien, los beneficios que el despliegue de este tipo de energías renovables están generando son incuestionables, por otro lado, no se trata de energías totalmente inocuas, pues, asumiendo que el espacio es un recurso finito, este tipo de proyectos requiere habitualmente de  amplias superficies de terreno, especialmente la energía solar fotovoltaica, lo cual hace nece­sario contar con una planificación para evitar y minimizar los impactos de estas infraestruc­turas en los ecosistemas, la biodiversidad y las actividades de producción agrícola tradicional.

De este modo, durante años, los proyectos de energía solar fotovoltaica han venido compitiendo en cierta manera con el sector agrario por el recurso natural del suelo, dada la incompatibilidad de aquellos principalmente con los cultivos leñosos, tales como olivar, vid, frutales, así como en las dehesas.

Ante esta situación, en el año 2021, el Decreto 141/2021, de 21 de diciembre, por el que se regulan los usos y actividades compatibles y complementarios con el regadío en zonas regables de Extremadura declaradas de interés general de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares, aprobó restricciones a los proyectos de energía solar fotovoltaica, al declarar como usos o actividades no compatibles ni complementarias con el regadío, en especial, a los aprovechamientos de energías renovables destinados a la producción u obtención de energía eléctrica, salvo las instalaciones de autoconsumo para la generación de energía eléctrica o térmica desde fuentes de energía renovables ligadas a los aprovechamientos compatibles o complementarios, y las instalaciones de autoconsumo para la generación de energía eléctrica desde fuentes de energías renovables promovidas por las comunidades de regantes o regante a título individual, cuyo objeto sea reducir los costes energéticos que le supone a los y las regantes poder disponer de agua de riego en las explotaciones de la zona regable.

Y es que, lo apuntado anteriormente respecto al regadío, en cuanto a su mayor aportación a la generación de empleo y economía que las plantas solares fotovoltaicas, también sería extra­polable, en la gran mayoría de los casos, a los cultivos leñosos y a las tierras arables de gran productividad, así como a las dehesas y a otras zonas con valores ambientales importantes.

Por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura se elaboraron en su momento mapas de capacidad de acogida, que han permitido a los promotores de los proyectos de energía solar fotovoltaica ya en servicio conocer las ubicaciones consideradas como especialmente adecuadas para la instalación de este tipo de plantas de energía renovable. Estos mapas se estructuran en cinco niveles de capacidad (muy baja, baja, media, alta y muy alta capacidad de acogida), teniendo en cuenta 9 factores ambientales: pendiente, hidrología, espacios pro­tegidos, Red Natura 2000, paisaje, flora protegida, hábitats, especies de fauna amenazada y yacimientos de patrimonio. Además, también se ha valorado la mayor distancia a subes­taciones con capacidad de evacuación de energías renovables, en este caso como criterio desincentivador. Esta resolución actualiza los criterios de capacidad de acogida a proyectos de energía fotovoltaica, introduciendo limitaciones relacionadas con los suelos agrícolas más productivos, los usos que generan más empleo, economía y fijan población, así como las dehesas, como sistema muy arraigado en el mundo rural.

No obstante, a pesar de haber sido una herramienta de valiosa utilidad en el despliegue de la energía solar fotovoltaica, es necesario avanzar en una planificación más holística, de modo que los mapas de capacidad de acogida incluyan otros factores, tales como la capacidad pro­ductiva de los suelos.

Por tanto, dado que los proyectos de energía solar fotovoltaica aún no son compatibles con cultivos leñosos y tierras arables de gran productividad o las dehesas y, tal y como ya se ha señalado, reconociéndose la mayor capacidad de generación de empleo y de economía social de estos últimos respecto a la energía solar fotovoltaica, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible considera necesario revisar los mapas de capacidad de acogida, incluyendo el criterio o factor del valor agronómico del suelo, de manera que estos mapas sean más respetuosos con la economía agraria, compatibilizándose, de este modo, el avance en el despliegue de la energía solar fotovoltaica con la protección de los suelos más productivos de Extremadura, y especialmente de cultivos leñoso, así como las dehesas, que forman parte del tejido productivo que más empleo genera, y elemento clave en la fijación de población en las zonas rurales, contribuyendo a la economía de muchos municipios extremeños.

En el mapa de zonas prioritarias, cuya difusión tiene por objeto esta resolución, se definen las áreas que se consideran preferentes para el desarrollo de nuevos proyectos de energía solar fotovoltaica en Extremadura, siendo clasificadas en zonas definidas como de alta o muy alta capacidad de acogida. Para la elaboración de este nuevo mapa se ha valorado, además de los factores ambientales a los que nos hemos referido anteriormente, un nuevo criterio, cual es el valor productivo de los suelos y las áreas de dehesa por su enorme arraigo en el mundo rural, y ello a fin proteger los cultivos de mayor potencial socioeconómico para nuestra Comunidad Autónoma, de manera que, en lugar de competir ambos sectores por un mismo suelo, se fomenten sinergias entre la gestión de recursos naturales y el desarrollo económico de las zonas rurales.

UNEF quiere que el autoconsumo opte a desgravaciones en el IRPF de las obras de mejora para la eficiencia energética 

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Esta semana se ha publicado el Real Decreto-Ley 2/2026, que recupera algunas medidas de especial relevancia para el impulso del autoconsumo incluidas en el RDL 16/2025, que fue derogado la semana pasada. Una nueva normativa que está pendiente de aprobación por parte del parlamento. 

En concreto, el Real Decreto-ley 2/2026 incluye en su articulado deducciones en el IRPF para los hogares que instalen autoconsumo eléctrico como obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas y libertad de amortización del impuesto de sociedades para aquellas industrias, empresas y comercios que implementen estas soluciones de generación de energía limpia y ahorro energético. 

Desde la Unión Española Fotovoltaica, UNEF, aplauden estas medidas, ampliamente reclamadas por la asociación. Destacan su importancia para alcanzar los objetivos de autoconsumo del PNIEC e incentivar el ahorro energético de los ciudadanos y de las industrias facilitando el acceso a soluciones de  autoconsumo. 

“El autoconsumo está muy lejos de poder conseguir los objetivos del PNIEC de 19GW a 2030. Según los datos que compartimos recientemente, en 2025 solo se instalaron 1139 MW, sumando 9,3 GW. Estamos perdiendo una oportunidad histórica de ahorro energético e industrialización por las barreras tanto administrativas como de incentivos fiscales que existen al autoconsumo” ha valorado José Donoso, director general de UNEF.

“El autoconsumo es uno de los elementos clave que está atrayendo industria a nuestro país. Casi todas las industrias que hay en nuestro país plantean sus proyectos con autoconsumo, porque es la forma más barata de generar energía, especialmente en España con las horas de radiación excepcionales que tenemos. La libertad de amortización del impuesto de sociedades que plantea esta normativa favorece no solo el desarrollo del autoconsumo, sino también  la industrialización de nuestro país”, añade Donoso.

Sobre el impacto que la aprobación tendría sobre los hogares, Donoso recuerda que “no olvidemos que la energía en España sigue siendo cara, y podría serlo mucho más de no ser por el efecto de abaratamiento del precio final que tiene la fotovoltaica”, pero insiste en que “se está desaprovechando todo el potencial del autoconsumo. Los hogares no pueden ahorrar todo lo podrían por el gran peso que tiene el término fijo en sus facturas y necesitamos un revulsivo para ayudar a las familias a invertir en estas soluciones. Y esta desgravación en el IRPF puede ser el más eficaz de todos, al ser una ayuda directa de fácil tramitación”.

El MITECO prepara un decreto para que sea obligatorio para las eléctricas no introducir oscilaciones adversas al sistema eléctrico

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha iniciado la audiencia pública del Proyecto de real decreto por el que se establecen requisitos mínimos de diseño, equipamiento, funcionamiento y seguridad de las instalaciones que se conecten a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, disponible aquí. Las exigencias técnicas introducidas por la futura norma aumentarán la capacidad de acceso disponible en las redes eléctricas de manera relevante e incrementarán la seguridad del sistema, al fijar obligaciones para nuevos consumidores que aportan fortaleza y flexibilidad a la red.

La integración activa y segura en el sistema eléctrico de nuevas demandas asociadas a los centros de procesamiento de datos, la descarbonización de la industria y del transporte, o el hidrógeno renovable, así como el almacenamiento, requiere actualizar los requisitos técnicos de conexión que deben cumplir las instalaciones que se conectan a la red. Además, se espera un crecimiento de tipologías de conexión antes residuales o inexistentes que no están contempladas en los vigentes códigos de red europeos.

El Proyecto del MITECO se anticipa a la actualización de dichos códigos y se aplicará a todas las instalaciones ya previstas y a las futuras, sin coste reseñable, a la vista de la tecnología que ya está incorporada de forma generalizada. En cambio, tendrá un efecto netamente positivo sobre la economía, al permitir aumentar la capacidad disponible en las redes de transporte y distribución.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha establecido un criterio dinámico para determinar la capacidad de acceso a la demanda que afecta a zonas compartidas por varios nudos de la red de transporte. Aplicando este criterio, un único acceso solicitado en un nudo pueden tener un efecto en cascada que drena capacidad en el resto de nudos que comparten la zona –pueden ser decenas, a muchos kilómetros de distancia–, impidiendo atender otras peticiones de acceso.

En las zonas limitadas por el criterio dinámico no se puede aumentar la capacidad invirtiendo en el refuerzo de la red, sino que es necesario actuar sobre las demandas previstas y futuras, para que sean más robustas y su comportamiento no impida la conexión de otras demandas.

La propuesta normativa de MITECO exige que las demandas soporten huecos de tensión, reduciendo considerablemente el número de nudos de las zonas de capacidad compartida y aflorando una capacidad de acceso que de otro modo sería imposible de conceder, habilitando la materialización de más proyectos y potenciando la electrificación de la economía. Su aplicación, en consecuencia, por un lado aumentará la seguridad de la operación y la gestión de las redes y por otro servirá de palanca para optimizar su capacidad.

El Proyecto normativo también introduce requisitos de estabilidad en la inyección de potencia frente a huecos de tensión, en este caso derivados de la aplicación del Real Decreto 997/2025, al igual que nuevos requisitos de calidad de producto, de amortiguamiento frente a oscilaciones de potencia y la obligación de no introducir oscilaciones adversas al sistema eléctrico.