La Junta aprueba los cambios en el proyecto fotovoltaico de Los Limonetes en Badajoz, que aumenta los campos solares de 10 a 13

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La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura ha formulado  valoración ambiental de la modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica Los Limonetes e infraestructura de evacuación asociada, en el término municipal de Badajoz, cuya promotora es Monegros Solar, SA. El proyecto de planta de generación eléctrica solar fotovoltaica Los Limonetes  cuenta con declaración de impacto ambiental favorable según se determina en la Resolución de 16 de abril de 2018, de la Dirección General de Medio Ambiente.

Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura, de 27 de septiembre de 2018, la sociedad Monegros Solar, SA, ha presentado una modificación del proyecto Los Limonetes en Alvarado. La presente modificación recoge ajustes constructivos resultado de la elaboración del proyecto de ejecución consistente en el  cambio de disposición de los campos solares, pasando de 10 a 13, con sus correspondientes infraestructuras eléctricas de transformación y evacuación dentro de la ubicación inicial del la planta solar fotovoltaica. También el cambio  de soporte de estructuras de los paneles fotovoltaicos, de fijas y orientadas E-O, a estructuras de soporte que cuentan con un sistema de seguimiento horizontal a un eje con orientación N-S. Estos últimos requieren pendientes en el terreno máximas del 4 %, con el consiguiente aumento de movimiento de tierras. También está prevista la reducción del número de paneles fotovoltaicos de 153.720 a 151.500, debido al aumento de potencia unitaria de los nuevos paneles.

Dentro del recinto de la planta solar, se construirá una sola edificación reuniendo en una misma instalación el edificio de control, el almacén y el edificio de salida de alta tensión donde se ubica el transformador de 20/220 kV anteriormente proyectado en la SET de la central solar termoeléctrica “La Florida”.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, no se prevé que de la modificación del proyecto puedan derivarse efectos adversos significativos sobre el medio ambiente ya que no supone: un incremento de emisiones a la atmósfera, un incremento de vertidos a cauces públicos, un incremento significativo de la generación de residuos, un incremento significativo en la utilización de recursos naturales, afección a Espacios Protegidos Red Natura 2000 ni una afección significativa al patrimonio cultural, por lo que el Secretario General de Desarrollo Rural y Territorio, determina, a los solos efectos ambientales, que la modificación del proyecto sometido a evaluación ambiental ordinaria, no tiene efectos adversos significativos en el medio ambiente.

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