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La Junta formula declaración de impacto ambiental de la fotovoltaica Mejostilla FV I en Cáceres que se suma a otras cinco similares en la zona

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La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura ha formulado declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica «Mejostilla FV 1» e infraestructura de evacuación, a ejecutar en el término municipal de Cáceres. El proyecto cuenta con una potencia total instalada de 4,98 MWp, con una superficie de 9,982 ha de ocupación, e infraestructuras de evacuación subterránea de 30 kV de 1.115 m de longitud. El promotor del proyecto es la empresa Alumbra Hidráulica, SL, con domicilio en la calle Serrano de Madrid.  

El parque fotovoltaico estará formado por 11.340 módulos fotovoltaicos de 440 Wp cada uno, fijados a estructura con seguimiento solar a un eje, hincados directamente al terreno. La planta se divide en dos campos solares, compuestos por 5.460 y 5.880 módulos fotovoltaicos, respectivamente, cada uno de ellos tiene un centro de inversióntransformación, que contiene, un inversor de 2.200 kVA y un transformador de 2.500 kVA de potencia. La evacuación de la energía se llevará a cabo mediante una línea eléctrica subterránea de 30 kV, desde la planta hasta la subestación “Mejostilla”, discurriendo por el término municipal de Cáceres. El acceso a la planta solar fotovoltaica se realizará desde el camino Cáceres, que parte de la margen derecha del Cordel de El Casar, a unos 1.350 m desde la carretera EX-390.

En los trámites medioambientales, se ha presentado alegación por parte de ADENEX, en la que la alegante solicita que, la Dirección General de Sostenibilidad debe desestimar todos los proyectos presentados por Alumbra Hidráulica, SL, incluido el referido a Mejostilla FV1, con declaraciones de impacto ambiental negativas, por fragmentación indebida de un proyecto en seis diferentes para eludir las limitaciones impuestas en el PGM de Cáceres.

El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas emite informe de afección a la Red Natura 2000 y sobre la biodiversidad con fecha 16 de enero de 2021, en el que se informa favorablemente la actividad solicitada ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000 o la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura, siempre que se cumplan las medida indicadas.

Dado que el mismo promotor está desarrollando en un entorno cercano a la Central Fotovoltaica Mejostilla FV 1 otras cinco plantas, sumando entre las seis una superficie de 57,02 ha. dentro de la ZEPA y ZIR “Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes”, se considera conveniente que se lleven a cabo acciones adscritas conjuntamente a los seis proyectos que vayan encaminadas a la mejora de la calidad del hábitat de dicho espacio protegido.

El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite con fecha 31 de marzo de 2021 informe indicando que a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre instrumento de ordenación territorial aprobado. La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, con fecha 27 de abril de 2021 emite informe favorable a la implantación del proyecto fotovoltaico condicionado al estricto cumplimiento de la totalidad de las medidas correctoras señaladas en el mismo.

Con fecha 30 de abril de 2021 el Ayuntamiento de Cáceres emite informe en el que expone que las fincas objeto de la información se encuentra clasificada según el Plano n.º 2 del Plan General Municipal (PGM), como Suelo No Urbanizable Protección Natural Llanos, y en menor medida como Suelo No Urbanizable Protección Natural Riberos. La parcela cuenta con las siguientes afecciones sectoriales según el PGM: ZEPA ZIR Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes, zona 3, por lo que le es de aplicación el artículo 3.4.38 del PGM. A este respecto, las plantas solares se encuentran reguladas por el PRUG “Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes”, especificándose en este documento con el calificativo de autorizables.

De acuerdo al artículo 3.4.39 del PGM el cual regula las condiciones del Suelo No Urbanizable de protección Llanos, en relación con estos usos “se permitirán únicamente los relacionados con la protección del medio (del tipo de instalaciones para vigilancia, extinción de incendios, etc…), no permitiéndose con carácter general las instalaciones relacionadas con la producción de energía a excepción de la producción de energía solar fotovoltaica”. Particularizando en este caso, nos encontramos dentro de la zona de protección 3 de la ZEPA-ZIR Llanos de Cáceres, con una ocupación, según la documentación aportada, de 9,982 ha y una potencia instalada de 4.989,6 kWp. De acuerdo al mencionado artículo, se considera como autorizable el uso específico de planta para la producción de energía solar fotovoltaica, con la limitación de 5 MW y/o 10 ha por instalación, siempre que las citadas instalaciones se sitúen además en áreas sin vegetación arbórea.

La Junta da luz verde ambiental a la planta fotovoltaica “CS Badajoz I” de 49,99 Mw y 113.624 módulos en el término de Badajoz capital

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La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Andalucía ha formula declaración de impacto ambiental favorable del proyecto de instalación solar fotovoltaica «CS Badajoz I», a realizar en el término municipal de Badajoz (Badajoz), que consta de 49,99 MWp y 88,08 hectáreas de ocupación. La promotora del proyecto es Renopool 1, SL, con domicilio social en Paseo de la Castellana, 91 de  Madrid.

Está prevista la instalación de 2.029 seguidores a un eje que soportarán un total de 113.624 módulos fotovoltaicos de 440 Wp. Cada seguidor tendrá una altura máxima respecto al suelo de aproximadamente 2,5 m y se instalarán mediante las técnicas de hincado directo en el terreno, evitándose de este modo la utilización de hormigón para su fijación. La planta, además, contará con un centro de seccionamiento en edificio prefabricado de 22,34 m2 y 6 centros de transformación SKID, integrados por 2 inversores y 2 transformadores, que ocuparán 45,22 m2 cada uno, y se distribuirán por dos los recintos de la planta.

Para la evacuación se instalará una línea subterránea de 30 kV, y 3.700 m de longitud, con origen en el centro de seccionamiento de la planta, y final en la subestación denominada “SET Renopool” 220/30 kV en Badajoz capital.

La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con fecha 25 de junio de 2021, informa favorablemente, condicionado al obligado cumplimiento de determinadas iguientes medidas como que vez realizada la prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.

La Confederación Hidrográfica del Guadiana, emite con fecha 22 de julio de 2021 informe de afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico. Asegura que la línea eléctrica subterránea de evacuación de la energía cruzaría los cauces de varios arroyos tributarios del río Guadajira.

 Con fecha 14 de octubre de 2021, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a lugares incluidos en la Red Natura 2000. Incidiendo en que no se iniciarán los trabajos de construcción entre los meses de abril a junio (inclusive) para evitar el periodo reproductor de la fauna. Los paneles se instalarán, en la medida de lo posible, hincando las estructuras en el suelo. En los casos en los que sea necesario usar hormigón se hará de forma localizada en los puntos de anclaje de las estructuras al suelo. En ningún caso se procederá a la quema de la vegetación ya que esta práctica, además, de la destrucción de un lugar de refugio y alimento de fauna, provoca procesos de erosión y pérdida de fertilidad del suelo.

Con fecha 15 de noviembre de 2021, desde la DGS se remitió a la promotora el resultado de la información pública y de las consultas para su consideración en la redacción de la nueva versión del proyecto. Con fecha 19 de enero de 2022, la promotora presenta en la DGS solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria de la ISF “CS Badajoz I” y el resto de documentación en cumplimiento. La promotora ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación para la instalación de la planta fotovoltaica con sus correspondientes líneas de evacuación hasta la futura “SET Renopool” 220/30 kV promotora siempre que no entren en contradicción con las anteriores.

La Junta formula la declaración de impacto ambiental de la fotovoltaica “OPDE Brovales 1″ de 49,99 Mw en Fuente de Cantos

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La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura ha formulado declaración de impacto ambiental para el proyecto de instalación solar fotovoltaica «OPDE Brovales 1» de 49,99 MWp e infraestructuras de evacuación de energía eléctrica asociada en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz). El proyecto de instalación solar fotovoltaica consta de 49,99 MWp de potencia y 99,33 hectáreas de ocupación e infraestructuras de evacuación subterránea de 30 kV. La empresa promotora es es Planta Solar OPDE 44, SL con domicilio domicilio social en calle de Cardenal Marcelo Spínola, 42 de  Madrid.

La instalación estará compuesta por 111.090 módulos fotovoltaicos de 450 Wp. El sistema se compondrá de 1.225 seguidores de 90 módulos y 14 seguidores de 60 módulos. La instalación de los módulos se llevará a cabo mediante el hincado o hincado con pretaladro. Se instalarán 18 inversores de 2600 kVA de potencia AC a 25º C, agrupados en estaciones de potencia de 2 inversores, transformador a 30 kV y celdas de protección y de línea. Los inversores serán regulados para disponer en el punto de conexión de 40,00 MW nominales. La planta dispondrá 18 inversores de 2.600 kWn.

Las líneas de media tensión enterradas se conectarán en las celdas de 30 kV de las casetas de inversores con la sala de celdas de la posición de trafo situada en la SET “Huerta Sevilla” a lo largo de 5.560 m. El acceso a los recintos vallados que componen la planta fotovoltaica se tomará, desde la carretera EX–202, la carretera que une las localidades de Fuente de Cantos y Calera de León.

La Dirección General de Industria Energía y Minas como órgano sustantivo realizó la información pública del Estudio de Impacto Ambiental mediante anuncio de fecha 28 de abril de 2021. Durante el periodo de información pública se han recibido dos alegaciones por parte de un particular y de la mercantil Río Narcea Nickel, SL. En el primer caso la alegación no hace referencia a aspectos ambientales, en el que expone únicamente su oposición al estudio de impacto ambiental por discurrir la línea de media tensión por una parcela de su propiedad sin su aprobación. En el segundo caso, el alegante solicita que se proceda a inadmitir la solicitud de evaluación de impacto ambiental del proyecto, que se le tenga como parte interesada en el procedimiento y en cualquier otro que guarde relación con el proyecto de planta solar fotovoltaica “OPDE Brovales 1”.

Con fecha 18 de mayo de 2021 la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural remite informe favorable condicionado al estricto cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras recogidas en su informe, dado que de los trabajos de prospección se  han documentado algunos bienes etnográficos (muro de piedra, alineamiento de piedras, construcción similar a cortijo y pilas de piedra), según los datos ofrecidos por el informe arqueológico y el informe emitido por la Oficina de Antropología de esta Dirección General. La totalidad de la zona que contenga restos arqueológicos habrá de ser excavada manualmente con metodología arqueológica con el objeto de caracterizar el contexto cultural de los hallazgos, recuperar las estructuras conservadas, conocer la funcionalidad de los distintos elementos y establecer tanto su marco cultural como cronológico.

Con fecha 28 de junio de 2021 el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite informe favorable en el que manifiesta que según la fotointerpretación se confirma la escasez de vegetación arbórea, si bien se conservan algunos ejemplares cuya especie y diámetro se desconoce. En el precitado informe se indica que la actividad solicitada se localiza fuera de la Red Natura 2000. A pesar de encontrarse fuera de la Red Natura 2000, en las proximidades se encuentran los siguientes espacios: — ZEPA “Colonias de Cernícalo Primilla de Fuente de Cantos” (ES0000403) a 6,2 km. — ZEC “Río Ardila Alto” (ES4310019) a 6,4 km. Entre las medidas preventivas previstas se potenciará la recuperación de la vegetación natural en interior del recinto mediante siembras de pastizales, con una mezcla de leguminosas y gramíneas como apoyo en las áreas deterioradas.