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Defensa de las renovables en los tribunales: la batalla no ha hecho más que empezar

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“Hemos demostrado que la gran mayoría de las instalaciones renovables -más del 90% en fotovoltaica, más del 50% en eólica- no pueden hacer frente al pago de una deuda estándar”

Piet Holtrop

Por Piet Holtrop y Daniel Pérez
Abogados en Holtrop SLP Transaction & Business Law

 Contrariamente a lo que pudiera pensarse, si se tiene en cuenta que ya hace más de cuatro años desde que las renovables sufrieron los primeros recortes en España, la batalla jurídica en defensa de las renovables españolas no ha hecho más que empezar.

Esto se debe a un conjunto de despropósitos legislativos (aprobación de los recortes por Real Decreto-Ley), judiciales (inadmisión de las liquidaciones provisionales, aunque de facto en muchos casos son actos definitivos) y administrativos (extrema lentitud en la remisión de las liquidaciones definitivas), que, por el momento, han dificultado el acceso efectivo a la justicia.

¿Qué se ha hecho hasta ahora?

No obstante, durante estos años, los abogados no nos hemos quedado de brazos cruzados, sino que hemos buscado vías de impugnación para defender los derechos de los productores renovables.

El primer recurso que impulsamos fue ante la Audiencia Nacional contra las liquidaciones provisionales del año 2011 que aplicaban el Real Decreto-Ley 14/2010; pero como les sucedió al resto de compañeros, fue inadmitido a trámite, por considerar que las liquidaciones provisionales no constituyen un acto recurrible, y que había que esperar a las definitivas.

Asimismo, recurrimos la Circular 3/2011, como acto de aplicación de dicho Real Decreto-Ley. En su sentencia, la Audiencia Nacional desestimó nuestra pretensión, si bien al menos aplica el Derecho Europeo (eso sí, con jurisprudencia y legislación obsoleta). Hemos recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, y albergamos ciertas expectativas, porque los fundamentos están acotados al Derecho Europeo e incluso la Abogacía del Estado ha recalcado la obligatoriedad de plantear la cuestión prejudicial. Además, el Tribunal Supremo está tardando más de lo habitual en responder, lo que parece indicar que internamente deben tener un debate sobre este planteamiento.

Además, iniciamos un recurso de responsabilidad patrimonial de la Administración, por la limitación a 25 del número de años de retribución a las renovables. En la actualidad se acaban de nombrar peritos judiciales y se está procediendo a la práctica de la prueba, para cinco procedimientos que han sido nombrados “preferentes”.

Paralelamente, hemos presentado cinco denuncias ante la Comisión Europea, por diversos incumplimientos del Derecho Europeo en el Sector Eléctrico español: (1) primeros recortes a la fotovoltaica; (2) falta de tutela judicial efectiva; (3) Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica; (4) libre competencia; (5) reforma eléctrica 2013-2014. De ellas, la que más avanzada se encuentra es la referida al Impuesto Eléctrico, que ha generado ya la apertura de dos procedimientos informativos contra España.

Además, también hemos planteado dos peticiones al Parlamento Europeo, una por los primeros recortes y otra por la normativa de autoconsumo, que han sido aceptadas y han permitido abrir sendas investigaciones.

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¿Qué se está haciendo en la actualidad?

En la actualidad se encuentran pendientes de resolución los recursos directos contra la Orden IET/107/2014 (coeficiente de cobertura) y contra el Real Decreto 413/2014 y la Orden IET/1045/2014 (nuevo sistema retributivo).

Para apoyar el recurso contra los recortes del Gobierno de Rajoy, hemos aportado un peritaje, en el que hemos analizado más de 1.258 instalaciones renovables (aún faltan varios cientos de clientes por completar el peritaje) y hemos demostrado que la gran mayoría de las instalaciones renovables (más del 90% en fotovoltaica, más del 50% en eólica) no pueden hacer frente al pago de una deuda estándar. Y por otro lado, estamos recurriendo las autoliquidaciones del año 2013 del Impuesto del 7%, solicitando una devolución de ingresos indebidos.

En todos los procedimientos presentamos el recurso el primer día del plazo, para asegurar que nuestro recurso sea el primero en ser resuelto y solicitamos que se eleve cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE para que éste se pronuncie sobre las posibles vulneraciones del Derecho Europeo.

¿Qué se puede hacer a partir de ahora?

Nuestro consejo es, sin duda, recurrir, para evitar que los beneficios de una sentencia favorable no sean aplicados a algún productor, como les sucedió a muchos transportistas con el céntimo sanitario.

Si bien el sistema de liquidaciones es perverso e implica la imposibilidad de acceso ágil a la justicia, también tiene una parte buena, cual es que quien no ha hecho nada hasta ahora, aún puede hacerlo, recurriendo las liquidaciones definitivas de las diferentes anualidades en las que ha habido recortes, empezando por las de los años 2011 y 2012 (límite de horas del Real Decreto-Ley 14/2010) y siguiendo por las del 2013 (actualización del IPC Real Decreto-Ley 2/2013) y 2014 (nuevo sistema retributivo de la Orden IET/1045/2014).

Y sin olvidar tampoco el procedimiento de solicitud de devolución de ingresos indebidos por el Impuesto del 7%, para el que existen 4 años de plazo desde el momento en que se realiza la autoliquidación.

Además, en sede europea, estamos preparando dos denuncias más, una contra la normativa de autoconsumo, una vez se apruebe el Real Decreto que lo regule, y otra por vulneración de la normativa de Ayudas de Estado en relación con los Costes de Transición a la Competencia.

En definitiva, los cuatro años de esquivar la aplicación del Derecho Europeo han concluido, y en el año 2015 comienza la verdadera batalla judicial en defensa de los productores de energías renovables, de la seguridad jurídica y del Estado de Derecho español.

En los diferentes procedimientos abiertos, vemos que ya existe consenso con la Abogacía del Estado en que el Derecho Europeo es aplicable. Ya nos acercamos al punto en que el planteamiento de la cuestión prejudicial es inevitable.

“La anterior normativa hacía financieramente inviable los proyectos eólicos en la región”

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Carolina Grau en Sheffield

Segunda parte
Entrevista con
Carolina Grau
Directora General de Industria y Energía del Gobierno de Extremadura

El sector de la biomasa es uno de los que más expectativas ha despertado en Extremadura por su potencial agrario y forestal ¿En qué fase está el Plan de Bioenergía de Extremadura anunciado en su día?

El Plan de la Bionergía de Extremadura 2015-2020 es una de las principales apuestas del Gobierno para dinamizar el sector energético. Este Plan pretende desarrollar un modelo de bioeconomía en las zonas rurales, generador de empleo y que contribuya a reducir el consumo y coste energético de los diferentes sectores productivos de la economía extremeña.

Este Plan se ha estructurado en torno a cinco ejes de actuación, que cubren desde el fomento de la biomasa con fines térmicos en el sector privado y en el sector público, hasta la creación de infraestructuras de recogida, acopio y distribución de la misma en los municipios, acompañado de un alto componente de innovación y creación de conocimiento en torno al sector, un marco normativo favorable y la formación necesaria para su exitosa implantación.

En estos momentos estamos cerrando la programación y cuantías de los  fondos que van a nutrir a este Plan, que provienen en gran medida de los fondos FEDER que en estos momentos se están negociando con la Unión Europea. Sin embargo podemos anunciar que en los próximos meses se van a publicar ayudas destinadas al fomento al uso de la biomasa en aplicaciones térmicas, que comprenderá un conjunto de ayudas, tanto para el sector privado como para el público, orientadas a la adquisición o renovación de instalaciones que generen calor empleando biomasa como combustible. Se trata de estufas, calderas, redes de calor, etc. que sustituyan los combustibles de origen fósil (gasóleo, propano…) por biomasa. Estas ayudas serán compatibles con estudios previos que se puedan solicitar para determinar la viabilidad de estas instalaciones en los sectores terciario-colectivo e industrial.

Por otro lado, se impulsará una medida similar a la anterior para aquellos centros públicos que deseen acometer mejoras en sus instalaciones térmicas o de alumbrado, pero optando por la contratación de una empresa de servicios energéticos.

El sector de la generación de biogás y de la valorización de residuos agro-ganaderos tendrá por primera vez reflejo en unas ayudas que están siendo altamente demandadas por el sector como vía alternativa a la generación térmica.

Este ambicioso plan se presentará públicamente en cuanto el Acuerdo de Asociación – marco de negociación entre los estados miembros y la Comisión Europea para el nuevo periodo de programación 2014-2020 – determine las cuantías definitivas y las características de las ayudas que serán elegibles para cofinanciar el mencionado Plan.

Hay proyectos eólicos que ya tienen todos los permisos administrativos para comenzar las obras de construcción pero no lo han hecho ¿el cambio normativo regional para este tipo de energía cree que ayudará a hacerlos realidad más pronto que tarde?

Sin duda alguna el objetivo último del Gobierno de Extremadura ha sido siempre, y sigue siendo, favorecer e impulsar el desarrollo de las energías renovables, y con este objetivo publicó el Decreto 160/2010, de 16 de julio, para regular el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Sin embargo, como ya es conocido, los recientes cambios normativos producidos a nivel estatal (específicamente en el régimen jurídico y económico regulador de las instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables), unidos a los exigidos por la normativa eólica regional (creación de tres puestos de trabajo por MW instalado o cesión de al menos el 8% de la facturación a los municipios y Mancomunidades Integrales), han hecho financieramente inviables estos proyectos.

Por ello, desde la Dirección General de Industria y Energía del Gobierno de Extremadura se entendió que la única vía para hacer realidad estos proyectos era derogando el decreto autonómico, ofreciendo así la posibilidad a los promotores de parques eólicos con solicitudes en tramitación para que continúen la misma bajo las estipulaciones del citado Decreto, o bien, desistir de ésta y presentar, si así lo consideran, una nueva solicitud de autorización al amparo de lo establecido en la normativa estatal, contemplada en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta decisión es un paso hacia adelante para que los parques eólicos sean una realidad en Extremadura, tan solo a expensas de que los promotores decidan continuar con su tramitación en cuanto se publique próximamente la derogación del mencionado decreto. Otro factor importante para que los parques se construyan en un futuro próximo es la existencia de las infraestructuras necesarias para la evacuación de la energía eléctrica al sistema, cuya planificación está diseñando en estos momentos el Ministerio de Industria, Turismo y Energía.

La técnica del fracking, la extracción de gas natural de yacimientos no convencionales, ha levantado una gran polémica. Aunque no parece que haya posibles yacimientos en Extremadura, ¿está previsto aprobar alguna normativa al respecto para regularlo en la región?

En principio no es una prioridad para Extremadura promover normativas al respecto de la extracción de gas natural a través de la técnica del fracking, pues no se ha planteado ninguna iniciativa al respecto.  En lo que sí nos hemos esforzado al respecto del sector gasista ha sido en la publicación de un decreto que regula los procedimientos de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por canalización en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Este Decreto regula los procedimientos para la construcción, ampliación, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones destinadas al suministro de gases combustibles suministrados por canalización (gas natural, aire propanado, aire butanado, propano, butano, biogás,…), tanto a nivel de transporte secundario, como a nivel de distribución.

El Decreto viene a solventar algunos problemas que se han planteado en los últimos años en el desarrollo de la gasificación en el ámbito de la Comunidad, permitiendo por otra parte la unidad de criterios a la hora de tramitar dichas instalaciones y un mayor control y seguimiento de las mismas.

Como principal novedad  establece que para cualquier solicitud de autorización de instalaciones de transporte o distribución de gas canalizado se seguirá un procedimiento de concurrencia en el que podrán participar otros operadores del sector, dotando de aún mayor transparencia a todo el proceso.

Foto: La directora general de Industria y Energía, Carolina Grau, ha participado en Sheffield (Inglaterra) en el Congreso Futurebuild, el pasado 6 de noviembre.

“Las reglas del juego no se pueden cambiar de manera unilateral a mitad de la partida, comprometiendo la viabilidad actual y futura de todo un sector”

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Carolina Grau 2

Primera parte
Entrevista con
Carolina Grau
Directora General de Industria y Energía del Gobierno de Extremadura

El Gobierno de Extremadura ha sido uno de los más activos en los recursos contra la nueva normativa que regula la retribución a las renovables. El Ministerio de Industria ha dicho que esos recursos no prosperarán. ¿Confían en que sí lo hagan y en qué sentido?

Ciertamente el Gobierno de Extremadura ha sido muy proactivo en el seguimiento del impacto de la normativa nacional en materia energética, puesto que somos conscientes de que Extremadura es una de las comunidades autónomas a la que los nuevos cambios regulatorios iban a afectar en mayor medida a su sector productivo, a sus pequeños inversores y en definitiva, a las esperanzas de desarrollo y generación de empleo que muchos actores habían confiado a este sector.

Desde la presentación del primero de ellos, allá por el año 2011, han sido 5 los recursos de inconstitucionalidad interpuestos frente a medidas aprobadas por el Gobierno Central, habiendo sido recurridos también, a finales de este verano, ante el Tribunal Supremo, determinados aspectos tanto del RD 413/2014 de 6 de junio (que regula la producción de energías renovables, cogeneración y residuos), como de la orden ministerial de parámetros retributivos que, a nuestro entender, han vulnerado los principios de la seguridad jurídica y de la confianza legítima, amén de causar importantes perjuicios patrimoniales a los inversores.

A esta lucha se han sumado muchos otros actores (asociaciones, patronales, inversores privados, empresas internacionales, fondos de inversión, etc.), pero en estos momentos creemos que el resultado de esta pugna legal es difícil de prever.

Aunque existen dudas de si el alto tribunal mantendrá la postura de defender que el ordenamiento jurídico y las normas pueden ser modificadas por el Gobierno cuando las circunstancias así lo aconsejen, lo cierto es que desde el Gobierno de Extremadura tenemos el firme convencimiento de que las reglas del juego no se pueden cambiar de manera unilateral a mitad de la partida, máxime cuando compromete la viabilidad actual y futura de todo un sector, vital para nuestro desarrollo y para nuestra independencia, como es el sector energético.

Como opciones, aunque reitero difíciles de materializar, contemplamos la posibilidad de que declaren nula la normativa, o al menos, mejoren los criterios de fijación de los costes de inversión y de los parámetros empleados para fijar el umbral de “rentabilidad razonable”. Esperamos poder conocer el resultado tanto del Constitucional como del Supremo lo antes posible.

En la primavera del 2012 se presentaron varios grandes proyectos fotovoltaicos sin primas en Extremadura, apoyados en multinacionales. ¿En qué momento de tramitación administrativa se encuentran dichos proyectos?

Los tres grandes proyectos fotovoltaicos sin primas siguen su tramitación como estaba previsto. A pesar de que la autorización de este tipo de proyectos de potencia superior a 50 MW es competencia de la Administración General del Estado, desde el Gobierno de Extremadura les estamos aportando todo el asesoramiento necesario para superar las barreras no tecnológicas que pudieran dificultar la construcción y explotación de estas instalaciones.

El proyecto fotovoltaico de 300 MW de Talaván, promovido por el Grupo Gerlicher, se encuentra en avanzado estado de tramitación administrativa. De hecho, habiendo realizado el depósito del aval (necesario para comenzar el trámite ambiental) y el pago de las tasas administrativas exigidos en la normativa, ya ha superado los trámites de información pública y separatas, y se encuentra en la sede del MINETUR y MAGRAMA esperando le sea emitida la declaración de impacto ambiental, previa al otorgamiento de la autorización administrativa.

Por su parte, el proyecto de 400 MW de Bienvenida y Calzadilla, promovido por Solarstrom AG, se encuentra también en avanzado estado de tramitación administrativa, en concreto, ha finalizado el trámite de información pública  de tal manera que, una vez culmine también el trámite de separatas, será igualmente remitido al MINETUR para, a continuación, esperar su declaración de impacto ambiental a emitir por el MAGRAMA, previa al otorgamiento de la autorización administrativa.

Finalmente, el promotor del proyecto denominado Núñez de Balboa a desarrollar en Usagre, con una potencia de 460 MW, se encuentra ultimando la elaboración del proyecto de la instalación, momento en el que iniciará los trámites de cara a obtener las autorizaciones necesarias para la ejecución del mismo.

La conclusión, por tanto, es que los proyectos avanzan en su tramitación satisfactoriamente, aunque no podemos obviar el hecho de que, actualmente, se encuentra abierto un nuevo proceso de planificación de las redes de transporte de electricidad, iniciado mediante la Orden IET/2598/2012, cuyo resultado tiene mucho que ver con la viabilidad de estas iniciativas.

Para muchas empresas del sector, el autoconsumo era visto como una alternativa ¿Hay opciones desde una comunidad autónoma como Extremadura de activarlo pese a que la nueva legislación nacional no parece incentivarlo?

Como ya se ha comentado, en los últimos años se han tomado una serie de medidas y decisiones a escala nacional para eliminar el déficit de tarifa, que cualquier intento de relanzar significativamente el mercado de la generación de energía a partir de fuentes renovables se ha convertido en una proeza de ya escasa rentabilidad.

Ante esta perspectiva, las empresas y los ciudadanos han identificado el autoconsumo como una interesante salida a su know-how empresarial, así como una posible solución al elevado coste energético de las instalaciones industriales o de nuestras propias viviendas.

A raíz de la publicación del RD 1699/2011, que regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia, varias Comunidades Autónomas publicaron notas aclaratorias. En concreto, la actual Dirección General de Industria y Energía emitió una circular el 20 de enero de 2013 para explicar los procedimientos administrativos necesarios para la tramitación y legalización de dichas instalaciones de generación de energía fotovoltaica de potencia inferior a los 100 kW.

A fecha de hoy estas instrucciones del Gobierno de Extremadura siguen vigentes, en base a las que se reconoce la posibilidad de llevar a cabo este tipo de instalaciones.

Pero no podemos obviar que la recientemente aprobada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, empezó a abordar la regulación del autoconsumo de energía eléctrica dejando pendiente el desarrollo de conceptos, que podrían poner en cuestión la viabilidad del mismo, tan significativos como los denominados costes para la provisión de los servicios de respaldo del sistema, así como el desarrollo normativo de las condiciones de índole administrativa, técnica y económica asociadas.

Por ello, consideramos fundamental que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo publique definitivamente el RD que regule el autoconsumo y el balance neto, que sigue en estado de “propuesta” desde mediados de julio de 2013.