La Junta da luz verde a las modificaciones de la planta fotovoltaica Alvarado 2 de 50 Mw

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La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura ha formulado valoración ambiental de la modificación del proyecto por ajustes constructivos de instalación solar fotovoltaica “SPK Alvarado 2” e infraestructuras de evacuación asociada, en el término municipal de Badajoz, cuya promotora es Sol de Alvarado, SLU.

El proyecto consta de 49,99 MW, en el término municipal de Badajoz, cuenta con declaración de impacto ambiental favorable de octubre de 2018. Con fechas de registro de entrada en la Junta de Extremadura, de 8 de enero de 2019 y 25 de febrero de 2019, la sociedad Sol de Alvarado, SLU, ha presentado una modificación del proyecto de la planta solar fotovoltaica. La modificación del proyecto no afecta a la subestación colectora ni a la línea de evacuación 220 kV hasta la SET “Alvarado”.

Con fecha 17 de abril de 2019, la Secretaría General de Desarrollo Rural y Territorio, dicta resolución por la que se formula valoración ambiental favorable a dicha modificación.Con fecha 1 de octubre de 2019, la sociedad Sol de Alvarado, SLU, ha presentado una modificación no sustancial del peoyecto, solicitando a este órgano ambiental, para que se pronuncie sobre el carácter de la modificación solicitada y sus efectos sobre el medio ambiente.

La presente modificación recoge ajustes constructivos resultado de la elaboración del proyecto de ejecución consistente en la eliminación de una subestación colectora para evacuación del proyecto y compartido con otras 2 plantas colindantes desde la que sale una línea aérea de alta tensión de 220 kV de 2300 metros, aproximadamente consistente en torres de celosía y conductor desnudo LA-380 Gull y cable de comunicaciones para conectar con la subestación seccionadora a construir cercana al punto de conexión en la línea “La Risca-SET Alvarado” junto a esta subestación perteneciente a REE, y construir una evacuación del proyecto consistente en la propia red de media tensión interna de la planta enlazando mediante una red subterránea de media tensión de 1567 m que discurre por el interior y paralelo al vallado en su lado sur y este del proyecto aledaño hasta conectar con la subestación colectora ahí planteada y hacer uso de las instalaciones de ese proyecto (PSF SPK).

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, no se prevé que de la modificación del proyecto puedan derivarse efectos adversos significativos sobre el medio ambiente ya que no supone: un incremento significativo de emisiones a la atmósfera, un incremento significativo de vertidos a cauces públicos, un incremento significativo de la generación de residuos, un incremento significativo en la utilización de recursos naturales, afección a Espacios Protegidos Red Natura 2000 ni una afección significativa al patrimonio cultural, por el contrario, la eliminación de la línea eléctrica aérea de evacuación, supone una disminución significativa del impacto ambiental del proyecto, por lo que el Director General de Sostenibilidad, determina, a los solos efectos ambientales, que la presente modificación del proyecto sometido a evaluación ambiental ordinaria, no tiene efectos adversos significativos en el medio ambiente.

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