La Junta da luz verde a la modificación de la autorización ambiental de las calderas de macroplanta incubadora de huevos de Ibergallus en Casatejada

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Imagen: ARRAM

La  Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura  ha otorgado modificación no sustancial de la autorización ambiental unificada presentada por Ibergallus, SA, consistente en la modificación de calderas de la instalación, de la Resolución concedida en fecha 15 de marzo de 2018.

Con fecha 12 de abril de 2017 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para una planta incubadora de huevos de gallina ubicada en el término municipal de Casatejada (Cáceres) y promovida por Ibergallus, SA. El proyecto consiste en la construcción de una planta incubadora de huevos de gallina con una capacidad productiva pico de 203.576 pollitos/día que estarán como máximo 3 horas, por lo que equivale a una ocupación de 25.477 gallinas ponedoras. La actividad se llevará a cabo en el término municipal de Casatejada (Cáceres) con una superficie total de 4,8713 hectáreas.

Mediante Resolución de 15 de marzo de 2018, la anterior Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) otorgó AAU a favor de Ibergallus, SA para explotación avícola.  Con fecha 25 de septiembre de 2019, tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura, modificación no sustancial de la explotación avícola, en la que se solicita la modificación de la resolución concedida. Las características de esta modificación vienen recogidas en la presente resolución.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad considera que la modificación descrita no supone modificación sustancial de la AAU. Según las modificaciones de la autorización, el complejo industrial consta de tres focos significativos de emisión de contaminantes a la atmósfera.  Las emisiones canalizadas de los focos 1 y 2 proceden de las calderas de producción de vapor de agua y agua caliente. La potencia térmica de cada caldera es de 350 kW respectivamente. Este tipo de equipo podrá emplear gas propano como combustible. Las emisiones, por tanto, consisten en los gases de combustión. Para estos focos, en atención al proceso asociado, se establecen valores límites de emisión (VLE). Además, las calderas no funcionarán nunca de manera conjunta, ya que una de ellas actuará de reserva para prevenir posibles fallos. Para ello se instalará en el sistema de alimentación eléctrica de las calderas dispositivos y mecanismos de protección y mando que permitan que cuando una caldera este en funcionamiento no pueda funcionar la otra.

Sin perjuicio de no establecerse VLE para el monóxido de carbono, deberá medirse este contaminante cuando se lleven a cabo controles de las emisiones y minimizarse su emisión a fin de conseguir una combustión lo más completa posible. Se tomarán todas las medidas de prevención factibles para prevenir y reducir al mínimo los escapes de estos gases. En particular, se controlará periódicamente la presión del sistema para la pronta detección de fugas. Como efecto añadido positivo, la minimización de estas pérdidas redundará también en un ahorro del consumo energético de la instalación.

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