La Junta convoca ayudas para municipios de menos de 20.000 habitantes para el desarrollo de infraestructura eléctrica con apoyo de las Diputaciones por valor de 2,92 millones

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La Junta de Extremadura ha vuelto a convocar ayudas para entidades locales para el desarrollo de la infraestructura eléctrica en los municipios de la provincia de Badajoz y Cáceres para los ejercicios 2019 y 2020, en colaboración con las Diputaciones de Badajoz y Cáceres. La Junta de Extremadura ha venido convocando en los últimos años una línea de ayudas destinadas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma, encaminada a la creación, reforma o adaptación de las infraestructuras eléctricas necesarias para los servicios municipales y para el desarrollo de los planeamientos urbanísticos de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones promovidas por los municipios y entidades locales menores solicitantes:

– En polígonos industriales: nuevas instalaciones eléctricas de distribución de alta y/o baja tensión destinadas a la dotación de suministro eléctrico a polígonos industriales, siempre que éstos sean promovidos y se encuentren en terrenos propiedad del solicitante. Podrán incluirse aquellas nuevas extensiones de red necesarias que, en aplicación de la normativa vigente del sector eléctrico, le corresponda realizar al solicitante.

Nuevas instalaciones eléctricas de distribución de alta y/o baja tensión destinadas a la dotación de suministro eléctrico al desarrollo urbanístico, siempre que éstos sean promovidos y se encuentren en terrenos propiedad del solicitante.

En dependencias municipales situadas fuera del suelo urbano, serán subvencionable las instalaciones eléctricas necesarias para dotar de suministro eléctrico en baja tensión a la dependencia, incluida la línea de distribución privada entre la caja general de protección y el cuadro general de mando y protección (CGMP) de la propia dependencia municipal, excluidos éste y el equipo de medida, según proceda.

Las instalaciones eléctricas de la dependencia municipal a electrificar, incluido el alumbrado interior normal o general, así como aquel otro (emergencia, señalización y de socorro) que, por la reglamentación sobre seguridad industrial, sea obligatorio en función del tipo de dependencia a electrificar. No serán subvencionables las instalaciones destinadas a alumbrado público, alumbrado ornamental, decorativo o similares, de escenarios, iluminación de fuentes y piscinas, las correspondientes a semáforos y balizas y receptores eléctricos de cualquier tipo, así como otros materiales no relacionados con las instalaciones eléctricas.

Sólo serán subvencionables aquellas instalaciones cuya inversión subvencionable sea superior a 10.000 euros y no superior a 100.000 euros, incluido IVA. Las instalaciones a subvencionar deben consistir o constituir una obra completa, o ampliación de una obra

existente con suministro eléctrico, y que por sí misma pueda ponerse en servicio. En ningún caso se subvencionarán fases sucesivas correspondientes a una misma instalación que no puedan ponerse en servicio independientemente.

Podrán solicitar, y en su caso obtener, las ayudas públicas contempladas todos aquellos municipios y entidades locales menores de las provincias de Badajoz y Cáceres cuya población, en el momento de presentación de la solicitud de subvención, sea inferior a 20.000 habitantes, y que pretendan realizar obras de electrificación de entre las especificadas en el artículo segundo.

La Junta de Extremadura aportará en cada una de las provincias un total de 650.000 euros en dos anualidades, mientras que cada diputación provincial aportará 812.500 euros.

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