MERCADO ELÉCTRICO

Red Eléctrica ha realizado las primeras pruebas con renovables que prestarán servicio de control dinámico de tensión

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En las últimas semanas, Red Eléctrica como operador del sistema (OS), ha realizado las pruebas de habilitación de las primeras renovables que prestarán un servicio de control dinámico de tensión en línea con el nuevo P.O. 7.4 solicitado por el OS en 2020 y aprobado en junio por la CNMC. El operador del sistema está preparado para que estas instalaciones comiencen a prestar dicho servicio desde el momento en que lo notifiquen al OS.

Red Eléctrica se mantiene a disposición de los agentes y del resto de plantas renovables a los que invita a realizar sus solicitudes para ser habilitados y poder participar en el nuevo P.O. Por el momento, el ritmo de solicitudes viables recibidas desde las instalaciones es aún bajo. A día de hoy, se han presentado 168 solicitudes, de las que 125 corresponden a instalaciones renovables no gestionables. De ellas 24 están ya en condiciones de comenzar las pruebas. El resto, o bien declaran no poder seguir consigna de tensión o bien están en fase de completar la documentación necesaria. 

Además de las plantas renovables no gestionables, también han presentado solicitudes centrales de generación convencional como ciclos o hidráulicas que ya tienen la obligación de prestar el servicio de control dinámico de tensión en su modalidad básica. Por ello, en el proceso se está dando prioridad a las renovables no gestionables, ya que son las únicas que pueden ofrecer nuevos recursos al sistema.

Entre los beneficios de la participación en este nuevo servicio, las renovables habilitadas obtendrán prioridad de despacho y la posibilidad de reducir las rampas máximas de cambio de su producción.
Para su habilitación la normativa del nuevo P.O establece que las instalaciones tienen que acreditar su capacidad técnica para controlar la tensión en dos modos: a través de consignas de reactiva y de consignas de tensión. Esta última modalidad – seguimiento de consigna de tensión en tiempo real – es la que ofrece flexibilidad y permite que las instalaciones respondan a las variaciones rápidas de tensión que pueden producirse en un sistema eléctrico en plena transformación. 

Muchas instalaciones renovables, que actualmente deben seguir una consigna de factor de potencia, tienen la obligación normativa de disponer de capacidad técnica para seguir consignas de tensión, con lo que se espera contar con recursos adicionales en el sistema en el corto plazo.

Aclaraciones sobre el control de tensión en España 

-Según informa REE, los niveles de tensión en los últimos años no han aumentado. Los valores medios eran más altos años atrás, pero con la puesta en servicio de elementos de control de tensión en la RdT estos valores actualmente son menores. Sí ha aumentado la variabilidad de las tensiones, variabilidad que debe ser controlada por los generadores que aportan al sistema un control de tensión efectivo.

-En el ámbito de la regulación de tensión, Red Eléctrica, cumpliendo con su responsabilidad, ha trabajado y se ha adelantado siempre con medidas para modernizar el sistema y adaptarlo a las necesidades presentes y futuras.

-Así lo ha hecho, por ejemplo, desde 2020, cuando propuso la modificación del P.O 7.4 vigente hasta el pasado mes de junio con el objetivo de aumentar el volumen de recursos en el sistema que son capaces de realizar un seguimiento de consignas de tensión. En este tiempo, se han superado diferentes proyectos piloto y varios procesos de información pública en los que se recibieron posicionamientos críticos de una parte de la generación convencional.

-Las centrales de generación que actualmente participan en el servicio de control de tensión deben tener una capacidad para aportar o absorber potencia reactiva del 30% respecto a su potencia máxima, lo que aporta suficiente potencia reactiva para su reacción a las variaciones de tensión en el sistema.

-Con respecto a las capacidades de las centrales convencionales para prestar el servicio de control de tensión, Red Eléctrica no tiene constancia de que los reguladores hayan emitido exenciones que permitan prestar el servicio por debajo del mínimo establecido en la normativa.

-No hubo una falta de capacidad de reactiva programada en el sistema el pasado 28 de abril, sino que la misma no fue activada por los generadores en el momento en el que el sistema lo requería. Su aportación al sistema como establece la normativa hubiera reducido la dinámica de la variación de tensión que se produjo. Sin embargo, como ha quedado demostrado, los grupos no alcanzaron mayoritariamente el valor mínimo legalmente obligatorio, con respuestas lentas o insuficientes a la variación que desencadenó los eventos posteriores.

-El límite de tensión en la red de transporte es de 435 kV porque así lo establece la regulación española desde al menos el año 1998 y lo ha confirmado la normativa europea más reciente. Operar con un valor máximo de 420 kV implicaría un cambio estructural; su aplicación en el sistema actual multiplicaría los costes asociados a las restricciones técnicas y no se podría asegurar que, con los recursos disponibles actualmente, dicho valor no fuera superado.

-Por último, el servicio de control de tensión mediante las consignas de reactiva no aporta al sistema flexibilidad de adaptación a variaciones rápidas de tensión. De ahí la necesidad de que las instalaciones puedan controlar tensión también en modo de consigna de tensión.

El MITECO refuerza el control del operador del sistema para las renovables para evitar nuevos apagones masivos

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El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado un Real Decreto que modifica el Real Decreto 413/2014, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable, cogeneración y residuos (RECORE), al que están acogidas más de 62.000 instalaciones. Las nuevas disposiciones garantizan la rentabilidad regulada de las centrales en un entorno de mercado con precios cero y negativos, e incrementan la seguridad de suministro, al aumentar la visibilidad y el control del Operador del Sistema; también facilitan la integración del almacenamiento o refuerzan la sostenibilidad de tratamiento de residuos.

Los ingresos anuales de las instalaciones acogidas al RECORE se reducen si su número de horas equivalentes de funcionamiento –el cociente entre la energía vendida y la potencia instalada– se encuentran por debajo de un mínimo fijado para cada tipo de instalación. Con el objetivo de que el nuevo entorno de precios bajos no afecte a su rentabilidad regulada, ahora no se minorarán las horas equivalentes de funcionamiento por la energía vendida en horas con precio cero durante seis horas consecutivas o más, ni tampoco por la energía no vendida como resultado del proceso de restricciones técnicas.

El Real Decreto amplía las obligaciones de adscripción a un centro de control para las instalaciones de generación, y se incluyen también los almacenamientos, que tendrán que remitir telemedidas en tiempo real al Operador del Sistema y recibirán consignas de operación. Las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte también deberán enviar telemedidas al Operador del Sistema.

Para potenciar la penetración del almacenamiento y de tecnologías flexibles, se modifica el orden de prelación del redespacho a la baja no basado en el mercado, suprimiendo el concepto de generación no gestionable e incorporando de forma expresa el almacenamiento. De este modo, tendrán prioridad para evacuar la energía producida:

  1. Instalaciones de renovables, incluyendo aquellas con almacenamiento, cuando la potencia del almacenamiento sea menor que la potencia de la instalación renovable.
  2. Instalaciones de cogeneración de alta eficiencia, incluyendo aquellas con almacenamiento.
  3. Resto de tecnologías.

Además, el Operador del Sistema podrá dar preferencia a las instalaciones que más contribuyan a garantizar la seguridad y la calidad del suministro.

Trasponiendo normativa europea y cumpliendo lo establecido en la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, se incorpora el principio de la jerarquía de los residuos a la normativa sectorial y se establece la obligación de certificar la recogida separada de residuos para que la incineración pueda percibir el RECORE. Además, se establece que la retribución de las plantas de tratamiento se ajustará en función del porcentaje de combustible que no acredite dicha recogida separada para la energía eléctrica generada.

También cumpliendo la legislación comunitaria, se establece un límite de emisión de 270 g de CO2 por kWh para las nuevas instalaciones de cogeneración y las renovaciones sustanciales de las existentes. Este tipo de tecnología, por otro lado, tendrá más flexibilidad para vender toda su energía neta generada en el mercado o en régimen de autoconsumo: las plantas podrán cambiar de una opción a otra de forma trimestral en lugar de anual.

Finalmente, el nuevo decreto, atendiendo a circunstancias surgidas tras la erupción volcánica en La Palma o la Dana de Valencia, aclara el procedimiento a seguir en caso de que se reduzca la generación de las instalaciones por causa de fuerza mayor, e introduce ajustes técnicos en la gestión de las liquidaciones del sistema realizadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

El acceso de demanda punta a la red eléctrica será superior en un 60% al actual en 2030

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha iniciado la fase de audiencia pública de la Propuesta inicial de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica con horizonte 2030, que puede consultarse aquí. La Propuesta, que prevé una inversión de unos 13.600 millones de euros hasta el final de la década, se orienta a cubrir las necesidades del país y a cumplir los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030 (PNIEC), otorgando prioridad a los proyectos industriales. Es la segunda vez que una Propuesta de planificación se somete a un procedimiento de audiencia pública, consolidando la práctica inaugurada por la vigente Planificación con horizonte 2026.

Si las planificaciones anteriores se orientaban a incorporar más energía renovable en el sistema eléctrico, ahora se prioriza atender las necesidades de los proyectos que quieren materializarse para consumir la energía limpia y competitiva del país, y aprovechar las oportunidades industriales, laborales, económicas y sociales de la transición energética: si en la vigente Planificación se consideran 2 GW de demanda, en la Propuesta se plantea atender a más de 27 GW.

La Propuesta se ha diseñado sobre las aportaciones de los distintos agentes y de las comunidades autónomas –además, por primera vez se han mantenido reuniones con ellas antes de la audiencia pública, durante el pasado mes de septiembre–, para elaborar un escenario de incorporación de nuevas demandas de generación y consumo, identificando zonas de especial interés y aplicando el principio rector de considerar los proyectos firmes y maduros en el horizonte temporal abarcado.  

Como resultado, la Propuesta plantea un escenario consistente con el PNIEC. Con relación a las peticiones de acceso para demanda, se prevé un consumo de 375 TWh para el final de la década, con una punta de 61,4 GW, un 60% superior a la punta de 2024. Con relación al nuevo parque generador, se estima la integración de 159 GW de renovables, así como disponer de más de 22 GW de almacenamiento, considerando las ubicaciones más beneficiosas para el conjunto del sistema y la disponibilidad de recursos.

Así, sobre una inversión prevista de 13.600 millones, un 65% se plantea para tres partidas principales: reforzar las redes para absorber nuevos flujos derivados de la mayor electrificación y la integración de renovables, aumentar la cohesión territorial con nuevos enlaces entre sistemas, y actuaciones para dar apoyo a la red de distribución y conectar nuevos consumos en la red de transporte.

Los interesados pueden presentar alegaciones y comentarios a la Propuesta de Planificación, así como a su Evaluación Ambiental Estratégica, hasta el 16 de noviembre, mediante el formulario al que puede accederse aquí.