FOTOVOLTAICA

Reestructuración financiera de activos de generación del sector renovable

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SOLAR

Artículo de
Eduardo Collado
Head of Business Development de Kaiserwetter Energy Asset Management y Miembro de la Junta Directiva de la sección fotovoltaica de APPA

La reforma energética iniciada en 2012, ha dado lugar a grandes trabas para el desarrollo de las energías renovables, perjudicando al sector de las energías renovables, con un paquete legislativo que fue provocando inquietud y malestar entre los operadores y asociaciones del sector renovable.

En los últimos años, se han realizado cambios en la regulación del sector, que han afectado a la rentabilidad de los activos, principalmente los siguientes:

  • Real Decreto-Ley 9/2013 de medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico
  • Nueva Ley del Sector Eléctrico: Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
  • Real Decreto 413/2014, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
  • Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Todo esto ha dado lugar a cambios para las empresas del sector de las renovables, con la desaparición del sistema de primas antiguo, sobre las cuales se había fundamentado el desarrollo de dichas tecnologías, que se habían financiado y desarrollado de acuerdo con las normativas anteriores. Después de la reforma, la mayoría de los proyectos renovables, que pasaron a estar remunerados con respecto al principio de rentabilidad razonable, son conscientes de que el Gobierno podrá revisar discrecionalmente todas las retribuciones cada seis (6) o tres (3) años, con lo que se vuelve a añadir una gran incertidumbre entre los operadores.

Por lo tanto, se volvió a agravar un panorama ya deteriorado de por sí, y en el que muchos proyectos han dejado de ser viables desde el punto de vista financiero. Por ello conceptos como ‘refinanciación’, ‘quitas’, ‘concurso de acreedores’ y ‘cierre’ pueden ponerse cada vez más de moda en este sector, aunque los bancos no le hayan dado mucha publicidad al tema, o no quieran reconocerlo.

Lo cierto es que la continua inseguridad jurídica, con medidas retroactivas que ponen en riesgo las inversiones realizadas, ya paralizó en su momento muchas de las inversiones programadas en nuestro país. Sin embargo, los cambios regulatorios citados proyectaron una avalancha de nuevos activos tóxicos para las entidades financieras y, especialmente, fotovoltaicos (uno de los sectores más castigados con la reforma). Incluso, el Banco de España solicitó en su día información a las entidades financieras sobre su exposición real a los riesgos del sector renovable y ya se descartó la aplicación de la Sareb (el famoso ‘banco malo’) para la absorción de los activos renovables tóxicos, pero aparecieron los denominados  o mal llamados fondos buitre que, desde que se iniciaron los primeros ajustes normativos, han estado al acecho para hacerse con activos a precio de derribo, con unas importantes quitas, inferiores a las del mercado inmobiliario. Lo que en su día fue visto con malos ojos por el sector, hoy está empezando a funcionar siendo una buena oportunidad de negocio, aunque se tengan que considerar inseguridad a futuro,  por las revisiones que pueda realizar el Gobierno como consecuencia del concepto de la rentabilidad razonable del proyecto.

En estos últimos meses las entidades financieras ya se han puesto en contacto con los propietarios de los proyectos en dificultades (en Distress), que al entrar en default, deben de renegociar los términos en los que puede cerrarse una eventual refinanciación de la deuda, personalizada a cada instalación concreta, a no ser que quieran negociar con los citados fondos la aplicación de la correspondiente quita.

Queda claro que el mapa empresarial de las renovables ha sufrido un profundo cambio, debido a todos los ajustes realizados, y esto ha sido aprovechado por los grandes inversores, bancos y grandes fondos para el desarrollo de nuevos negocios.

El proceso de reestructuración financiera

El proceso de reestructuración financiera, o sea el proceso de renegociar la deuda en tiempos de crisis, es un concepto que implica un cambio de las relaciones entre los diferentes stakeholders de una empresa, que tiene como objetivo dar viabilidad financiera a la empresa. Esa viabilidad de la empresa responde a una serie de actuaciones en todas las áreas: operativa, comercial, financiera, fiscal y también de liquidez y solvencia.

Para volver a resumir porque está siendo necesario reestructurar los activos renovables, decir que dicha necesidad ha sido como consecuencia de los cambios regulatorios, que han dado lugar evidentemente a unos malos resultados para las empresas, con reducciones de ingresos del orden del 30% o incluso superiores, con un alargamiento del periodo de la deuda y un probable relajamiento de los covenents, con unos objetivos de reestructuración a corto plazo en términos de caja, y a largo plazo en términos de orientación del valor.

Componentes de un proceso de refinanciación

Al ser proyectos que se han financiado en la modalidad de Project Finance son procesos complejos, con una gran variedad de componentes, personas e intereses que interactúan entre sí.

También hay que gestionar la presión, ya que hay problemas de tiempo, las propias dificultades del proceso, la necesidad y relevancia de conseguir el éxito en las negociaciones.

Dentro del proceso de refinanciación existes unas circunstancias positivas, pero por el contrario existen una serie de restricciones.

Las circunstancias positivas son:

􀂄-Fortalecimiento del balance
-Diferimiento en el pago de la deuda
-Waivers (es la solicitud de una dispensa temporal en el cumplimiento de los covenants financieros establecidos en el contrato del crédito y la realiza el acreedor a las entidades financieras que otorgaron el crédito). La solicitud de un waiver puede comportar sólo el permiso o dispensa temporal de incumplir determinados ratios establecidos en los covenants, cómo puede ser Deuda Total / Ebitda, o puede implicar también entrar en una reestructuración completa del crédito.
-Inyección de ‘fresh money’ (dinero nuevo), o aplicación de periodos de gracia para rearmar la caja, pagando solamente los intereses
-Mejor monitorización y reporting

Las restricciones a tener en cuenta:

􀂄 -Depósito de garantías
􀂄-Covenants, que aunque se suavicen no va a ser posible eliminarlos (un convenant, es un indicador, de los que son utilizados por los bancos para asegurarse de que los prestatarios operarán de una manera financieramente prudente, que les permitirá repagar su deuda. Un convenant puede requerir que el prestatario presente sus estados financieros al banco. Otros pueden prohibirle a la empresa adquirir nueva deuda. Por ejemplo, en un covenant un prestatario debe guardar cierto nivel de equity, o si no, los bancos tienen el derecho de terminar con el acuerdo. Las restricciones que imponen los covenants se incrementan en proporción con el riesgo financiero de un prestatario).
-Costes financieros, que serán normalmente iguales, ya que todo estaba cubierto por algún instrumento de cobertura de tipos (swap, collard, …)
-􀂄 Costes del proceso (que son elevados)
-􀂄 Limitación a soportar endeudamiento adicional

Las fases del proceso de refinanciación

Estas serían:

  • Diagnóstico de la situación
  • Plan de Negocio/Viabilidad/Modelo financiero
  • Estructuración de la operación
  • Búsqueda de viabilidad de la refinanciación
  • Presentación propuesta de refinanciación (term sheet)
  • Negociación
  • Si no hay acuerdo, nueva estructuración

Los factores claves de éxito son:

􀂄-Un proceso de reestructuración exitoso debe contar con un Plan de Negocio creíble y una credibilidad del Modelo Financiero
-La propuesta de reestructuración a la banca debe ser atractiva, equitativa y simétrica
-El papel del asesor es clave
-Equipo directivo implicado y líder: “track-record»
-􀂄Revisión estratégica constante

Y las lecciones aprendidas serían:

􀂄-La reestructuración es un proceso único y complejo.
-Dónde los bancos juegan con ventaja.
-Las patadas hacia delante no son una solución, ya que pueden ser solamente un parche.
-Dar al factor humano la misma importancia que al técnico-financiero
-Las soluciones no siempre son perfectas, pero a veces son buenas.

Como comentarios adicionales, decir que la financiación habitual de las instalaciones de generación con energías renovables, se realizó, para el caso de las instalaciones medianas y grandes, con un Project Finance, y que ahora el papel de los Bancos es fundamental en la refinanciación, y por lo que parece, se han adaptado a las circunstancias, para no entorpecer los procesos y no quedarse con los activos (aunque en la gran mayoría de los casos, se ha refinanciado sin problemas, dándose viabilidad a los proyectos), relajando los covenants y alargando los periodos de financiación.

Para que las refinanciaciones sigan funcionando en el futuro, es necesario una estabilidad regulatoria, para poder tener una predicción lo más real posible del Cash Flow, y para ello los cambios a realizar por el Gobierno en los periodo y semiperiodos regulatorios, para la aplicación de la rentabilidad razonable, cada 6 0 3 años, deben de ser lo más estables posibles.

Dentro de los cambios pedidos por los Bancos, además del alargamiento de los periodos del préstamo y de la relajación de los covenants, se van a tener que realizar acciones que mejoren la viabilidad económica de las instalaciones. Entre estas acciones a realizar, es necesario repasar y tener en cuenta todas aquellas acciones en las que se pueda incidir a través de negociación, no solo con los Bancos, sino con los proveedores, tales como:

  • Reestructuración de la deuda y de las garantías existentes
  • Optimización de costes de la O&M
  • Optimización del resto de contratos más significativos
  • Optimización de los repuestos
  • Optimización de los seguros de las plantas

Como se puede ver es un tema complicado que depende de demasiadas variables, pero que en estos momentos está siendo realizado en mayor o menor medida por todos los activos con problemas.

Las ayudas al autoconsumo fotovoltaico: un parche temporal a los estragos del Real Decreto de Autoconsumo

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Extremadura acaba de aprobar una convocatoria para este año 2016, con una cuantía de entre el 35 y el 40% del coste subvencionable

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Artículo de
Josep Maria Ribalta
abogado en Holtrop SLP, Transaction & Business Law

La publicación en el BOE del Real Decreto de Autoconsumo (RD 900/2015) el pasado 10 de octubre ha supuesto un nuevo varapalo para los que apostaron por un modelo más sostenible de producción y consumo eléctrico. Si bien esta regulación ofrece, por primera vez, un marco al que ceñirse los autoconsumidores, su contenido es claramente desincentivador para cualquiera que haya contemplado la posibilidad de instalar placas fotovoltaicas para autoconsumo eléctrico.

En contraposición al ahogamiento de la producción renovable que el Gobierno estatal está llevando a cabo, muchas comunidades autónomas han tomado la decisión de establecer convocatorias de ayudas que permitan mitigar los efectos de una regulación altamente perniciosa para los productores de energías limpias.

A continuación se ofrece un resumen de las ayudas que se otorgaron por cada comunidad autónoma en 2015. La aprobación del nuevo Real Decreto puede suponer que algunas de estas administraciones opten por aumentar el importe de las subvenciones al autoconsumo pero, en general, las cantidades sufragadas el pasado año son una buena referencia para intentar predecir el alcance de futuras convocatorias.

También es importante tener en cuenta que en muchos casos, la convocatoria se refiere a instalaciones de energías renovables y de eficiencia energética, sin estar el presupuesto destinado únicamente a la actividad del autoconsumo fotovoltaico.

Extremadura
Si bien no hubo en 2015 subvenciones en Extremadura, se acaba de aprobar una convocatoria para este año. En ésta quedan incluidas las instalaciones fotovoltaicas aisladas. Se incluyen las mixtas eólicas-fotovoltaicas, siempre que la potencia fotovoltaica instalada sea superior al 50 por ciento del total.

La cuantía de la subvención está entre el 35 y el 40% del coste subvencionable, siendo el importe máximo de la subvención de 50.000 euros.

Decreto 115/2015 de 19 de mayo

Aragón
El programa de ayudas que se abrió el pasado año en esta comunidad contaba con un presupuesto de 2.320.000 euros, que se destinaron a la producción a través de geotermia, biomasa, solar y eólica aisladas. La potencia máxima subvencionable para solar fotovoltaica aislada era de 100 kW.

Las corporaciones locales recibieron un máximo del 50% del coste subvencionable de la inversión, las empresas autónomas un máximo del 40% y las instituciones sin ánimo de lucro, comunidades y particulares hasta un 30%.

Orden de 12 de marzo de 2015

País Vasco
El Gobierno Vasco estableció en 2015 un conjunto de ayudas destinadas a instalaciones de energías renovables cuya cuantía total ascendía a 250.000 euros. Las instalaciones fotovoltaicas aisladas eran subvencionables siempre que no superasen los 100 kW, mientras que las conectadas a la red eléctrica no debían superar la potencia de 1MW para recibir dicha subvención.

Con este programa se pretendía cubrir hasta un 30% del coste subvencionable con un límite de 40.000 euros por beneficiario.

Programa de ayudas a inversiones en promoción de instalaciones de energías renovables para producción eléctrica

Castilla-La Mancha
La última convocatoria de ayudas a las renovables publicada en Castilla-La Mancha contaba con una dotación de 591.150 euros, de los cuales 76.150 destinados a fotovoltaica o mixta eólica fotovoltaica aislada. Al igual que en el País Vasco, se cubre hasta el 30% del coste subvencionable, y el límite otorgable a cada proyecto es de 15.000 euros.

Pero parece que estas cantidades van a cambiar significativamente este año, ya que la Junta de Castilla-La Mancha, a la vista de la aprobación del RD 900/2015, ha aprobado un nuevo programa para 2016 en el que la fotovoltaica y la mixta eólica-fotovoltaica siguen siendo subvencionables, siendo la cuantía de la subvención de hasta el 40% del coste subvencionable, con un límite de 30.000 euros por proyecto.

Orden de 29/12/2015

Baleares
Las últimas subvenciones a la solar fotovoltaica en Baleares tenían como requisito que las instalaciones tuvieran una potencia mínima instalada de 2 kW y máxima de 100 kW en caso de empresas y asociaciones empresariales, y máxima de 5 kW para personas físicas. Se cubría hasta el 35% del valor de la inversión en el caso de las empresas y personas físicas propietarias de viviendas y hasta el 45% cuando el receptor de la subvención era una asociación empresarial.

30.000 euros era el máximo subvencionable para cada beneficiario, siendo el importe total de la convocatoria de 400.000 euros.

Resolución de 30 de diciembre de 2014

Canarias
La dotación del último plan de ayudas canario ascendía a 2.400.000 euros y la parte destinada a la fotovoltaica era de 200.000 euros. El coste cubierto era de entre el 30 y el 40%.

Orden de 25 de enero de 2015

Comunidad Valenciana
En la Comunidad Valenciana 90.000 euros del total de 400.000 que se presupuestaron en el plan de ayudas de 2015 se han destinado a la solar fotovoltaica aislada o mixta eólica-fotovoltaica aislada. Si bien se establece en la Resolución de convocatoria que la subvención máxima es de 45%, ésta podía incrementarse hasta 10 puntos para ayudas a medianas empresas y hasta 20 puntos para ayudas a pequeñas empresas, particulares, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro.

Resolución de 28 de mayo de 2015

Navarra
900.000 fueron los euros destinados el año pasado a subvencionar instalaciones de energías renovables sin vertido a red en Navarra. Las instalaciones fotovoltaicas aisladas cuya potencia no superaba los 100 kW pudieron beneficiarse de este programa, que permitía recibir ayudas de hasta el 20% del coste, con un máximo de 150.000 euros para cada beneficiario.

Resolución 527E/2015

Asturias
Se aprobó en Asturias un presupuesto de 234.000 euros para el uso de energías renovables en 2015, de los cuales sólo 10.625 estuvieron destinados a la fotovoltaica aislada.

Resolución de 16 de abril de 2015

La Rioja
En la Rioja se ha establecido para 2016 una dotación conjunta de 140.000 euros (3.000.000 hasta 2019), siendo sufragable hasta el 30% del coste.

Resolución de 13 de octubre de 2015

Murcia
Una dotación de 500.000 euros fue establecida en esta comunidad para  apoyar en 2015 proyectos de eólica, solar fotovoltaica, biomasa/biogás, biocombustibles, geotérmica, mini-hidráulica y eficiencia energética. Las instalaciones fotovoltaicas de hasta 100 kW podían verse beneficiadas por este plan que cubría entre un 10 y un 30% del coste subvencionable en función de la potencia de la instalación.

Orden de 14 de abril de 2014

Andalucía
Ha habido una convocatoria de incentivos para 2015 en Andalucía a través de la Orden de 18 de diciembre de 2014, y se prevé una ampliación de la misma para 2016.

Las comunidades de Galicia, Cataluña, Castilla y León y Madrid no contaron este pasado año con programas de ayudas al autoconsumo fotovoltaico.

Cabrá ver si el nuevo Real Decreto recibe algún tipo de reacción por parte de las distintas comunidades en forma de ayudas a esta práctica, ya sea aumentando las previstas para años anteriores, o, en otros casos, estableciendo por primera vez dotaciones que permitan sufragarla.

En todo caso, resulta claro que estas ayudas sólo pueden actuar como un parche temporal a una regulación que parece creada para intentar solapar cualquier incentivo ofrecido por el autoconsumo.   No es ésta la forma ideal de impulsar el autoconsumo a largo plazo, ya que se estaría transmitiendo la sensación de que se trata de una actividad que sólo es capaz de funcionar con un apoyo económico, y al mismo tiempo se podría estar frenando el autoconsumo realizado con tecnologías no subvencionadas, al tener éste una rentabilidad menos atractiva.

Ilustración: J.C.Florentino

Solarpack da luz a sus parques fotovoltaicos de Guijo de Coria y Llerena de 15 Mw tras pactar con grandes bancos

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Parque fotovoltaico de Guijo de Coria en la provincia de Cáceres
Parque fotovoltaico de Guijo de Coria en la provincia de Cáceres

Las grandes empresas fotovoltaicas españolas quieren poner en orden sus cuentas. Para evitar el lo acontecido con Abengoa frene sus inversiones y también para resultar atractivas ante el futuro desembarco de los grandes fondos de capital riesgo españoles y extranjeros que buscan oportunidades de negocio tras la Cumbre del Clima de París.

La última en hacerlo ha sido la empresa vasca Solarpack, que cuenta con importantes plantas en Extremadura. Solarpack ha cerrado el proceso de la reestructuración de la deuda de 27,2 MW de 5 parques solares fotovoltaicos en España. Los diferentes acuerdos firmados con las entidades financieras alcanzan los 94 millones de euros.

Los cinco proyectos a los que hace referencia este proceso son: Isla Mayor (8,4MWp) y Lebrija (3,8MWp), ambos en Sevilla, refinanciados por Santander y el ICO; Guijo de Coria (6,2MWp) en Cáceres, operación realizada con el Banco Popular; y Llerena 1 (4,8MWp) y Llerena 2 (4,0MWp) en Badajoz, cuya deuda ha sido reestructurada a través de un pool de cuatro bancos: CaixaBank, Banc Sabadell, Banco Popular y el Banco Portugués de Investimento (BPI).

Pablo Burgos, consejero delegado de Solarpack, comenta que “después de las perjudiciales medidas del Gobierno relacionadas con las energías renovables, la gran mayoría de los parques fotovoltaicos en España se encuentran en una situación financiera complicada. Este largo proceso de refinanciación ha hecho posible la viabilidad financiera de los parques que hemos construido y gestionamos en España. El cierre de este proceso pone de manifiesto la confianza que los bancos y las instituciones crediticias tienen en Solarpack”.

Solarpack apuesta por su expansión a nuevos mercados en Latinoamérica y en la región de Asia–Pacífico, realizando proyectos fotovoltaicos orientados tanto al consumo de poblaciones como al suministro eléctrico de grandes empresas.

La compañía, pionera del sector en nuestro país, tiene 6 proyectos en España con una potencia total instalada de 34,6 MWp.

Actualmente Solarpack gestiona una cartera de proyectos de 1304 MW repartidos entre, Chile, India, Uruguay, Panamá y Sudáfrica. La compañía ha puesto en marcha y gestiona 34,6 MWp en cinco emplazamientos en España y 37 MWp en Chile y 62 MWp en Perú.