Autor: energiaextremadura
El sector fotovoltaico celebra la aprobación del Real decreto “anti apagón” al potenciar el almacenamiento y el autoconsumo
Tras la aprobación del RDL de actualización del sistema eléctrico, la Unión Española Fotovoltaica, que agrupa a la gran mayoría del sector fotovoltaico en España, ha valorado positivamente el texto, señalando que “va a dar una mayor estabilidad, robustez y flexibilidad al sistema eléctrico y permitirá que las energías renovables jueguen un papel importante en ello. Esto nos ofrecerá mayor seguridad de suministro eléctrico e independencia energética y nos hará avanzar en la lucha contra el cambio climático”, según ha comentado su director general, José Donoso. “Será fundamental para completar todo el marco regulatorio y adaptarlo al desarrollo actual de la energía fotovoltaica”, ha añadido.
Estas medidas, conjuntamente con la aprobación por parte de la CNMC de la actualización del PO 7.4, permitirán a la tecnología fotovoltaica contribuir a controlar la tensión de la red, una propuesta que se lleva solicitando desde hace tiempo por parte del sector.
Como el control de tensión tiene un fuerte componente geográfico, la fotovoltaica, como energía muy distribuida por el territorio; está particularmente bien adaptada para aportar este servicio a la red.
A través de la participación en el servicio de control de tensión, la fotovoltaica contribuirá además a reducir los costes de las restricciones técnicas.
En cuanto a las medidas en torno al almacenamiento de energía, UNEF considera que agiliza la tramitación administrativa y actualizan adecuadamente una regulación que no preveía inicialmente esta tecnología, dándole personalidad jurídica.
La nueva regulación desarrollará el desarrollo del almacenamiento “de forma rápida y racional, ya que facilita la hibridación de baterías con plantas ya existentes, permitiendo su desarrollo en el corto plazo contribuyendo a ser una pieza clave en la estabilidad del sistema”.
UNEF considera que la normativa aprobada permite una planificación de redes más dinámica que la anterior organización estática quinquenal, implementando medidas acordes con las circunstancias actuales.
-Mejora condiciones para el autoconsumo, a través de la creación del gestor del autoconsumo colectivo y la ampliación del radio en el que se pueden compartir excedentes hasta 5 km.
-El desarrollo de la figura del agregador, permitirá además a la demanda situarse en horas de generación solar fotovoltaica.
Destacan además que da importantes pasos hacia la electrificación, lo que va a permitir que la economía española aproveche esta oportunidad que la energía solar fotovoltaica proporciona a España. “Esta regulación nos va a ayudar a protegernos de la incertidumbre internacional en un contexto convulso, apuntalando la seguridad de suministro y la independencia energética de nuestro país, a la vez que damos un paso firme en descarbonización y la lucha contra la emergencia climática” ha concluido Donoso.
UNEF valora también positivamente la adecuación del sistema de hitos a la coyuntura actual, que contribuirá a una mayor seguridad y previsibilidad al sistema.
El nuevo RD “avanza en la construcción de un futuro sólido de crecimiento para nuestro país, nos acerca al cumplimiento del PNIEC y consolida las bases que nos permitirán aprovechar la oportunidad que para la economía española supone la energía fotovoltaica”, ha añadido.
Desde el sector hacen un llamamiento a todos los partidos políticos para que apoyen esta iniciativa en el trámite de convalidación, ya que implementa cambios normativos necesarios para el interés de nuestros ciudadanos y nuestra industria.
El sector fotovoltaico aboga por inversores con capacidad de formación de red y almacenamiento en baterías para controlar la tensión
El rifirrafe entre REE, el Ministerio de Transición Ecológica y las propias grandes eléctricas de los últimos días en torno a las causas del “cero energético” del 28 de abril pasado está subiendo de todo. En las últimas semanas se ha puesto en tela de juicio la capacidad de controlar la tensión por parte de los operadores del sector fotovoltaico.
El propio sector, en positivo, quiere ir un paso más y avanzar en diferentes tecnologías y mecanismos que sí lo permiten. “La tecnología fotovoltaica tiene ya la capacidad de controlar la tensión, pero la regulación aún no se lo permite”, ha asegurado la UNEF tras conocer el informe presentado por el Ministerio ante lo ocurrido el pasado día 28 de abril.
“Desde el sector fotovoltaico, valoramos positivamente el anuncio hecho por la ministra Sara Aagesen de que se va a acelerar la aprobación del procedimiento de Operación 7.4, que permitirá a la tecnología fotovoltaica contribuir a controlar la tensión de la red”, aseguran desde UNEF.
“Es también un momento para acelerar la implementación de otras tecnologías ya disponibles y que son clave para mantener niveles de tensión estables, gestionar la variabilidad y garantizar una seguridad energética basada en energías renovables, como son los inversores con capacidad de formación de red (grid-forming inverters, pendientes de la aprobación de la normativa europea) y el almacenamiento en baterías”, añaden desde UNEF.
Para acelerar la implementación del almacenamiento energético, desde UNEF solicitan:
-Evitar el cambio de órgano sustantivo cuando se añade un módulo de almacenamiento a uno de generación.
-Evitar el reinicio de la tramitación administrativa, independientemente de la potencia, cuando no se ha alcanzado la AAC (o incluso AAE) en hibridaciones que suman menos de 50MW
-No sumar la potencia instalada del almacenamiento cuando este está instalado en corriente continua.
-Eliminar la imposibilidad de obtener un permiso de demanda por parte de instalaciones hibridadas que comparten infraestructura de evacuación con otra instalación que ya ha obtenido permiso de demanda.
-Convocar concursos de acceso de demanda para poder añadir almacenamiento que consuma de red a una instalación de generación conectada a la red de transporte.
-Permitir la solicitud de acceso para demanda en posiciones de generación en nudos de transporte reservados para concurso por valor de del 100% del permiso de acceso de generación (en vez del 50% actual).
-Eliminar la obligación de tramitar una nueva evaluación ambiental en el caso de almacenamiento hibridado que se situé dentro del perímetro de proyectos que ya han superado la tramitación ambiental.
-Exención de tramitación ambiental para instalaciones de almacenamiento de pequeña escala, distribuido y detrás de contador.
-Evitar la pérdida de prioridad de despacho en almacenamiento hibridado que consume de red. -Declaración de Utilidad Pública (DUP) para líneas de evacuación de Almacenamiento Independiente (‘Stand Alone’).
En 2024 se denegaron más del 60 % de las solicitudes de acceso y conexión de instalaciones de demanda y almacenamiento
La CNMC ha aprobado una resolución por la que se establecen las especificaciones de detalle para la determinación de la capacidad de acceso firme de la demanda a las redes de distribución de electricidad. Se desarrolla de este modo el marco regulatorio relativo al acceso y conexión definido en la Circular 1/2024, de 27 de septiembre, de la CNMC. (RDC/DE/002/25)
Las redes eléctricas son esenciales para la transición hacia una energía limpia. Para conectar la generación descentralizada de energías renovables y atender la creciente demanda es necesario modernizar y ampliar las redes de distribución, claves para la electrificación de la economía. Para ello, la resolución es fundamental ya que fija criterios únicos que las distribuidoras deben utilizar para calcular la capacidad disponible y maximiza la capacidad disponible con garantía de suministro.
Estas especificaciones de detalle son el resultado del grupo de trabajo creado al efecto durante el año 2024. Se definen criterios homogéneos para el cálculo de la capacidad. Se destacan los siguientes:
-Potencias máximas y mínimas por nivel de tensión. Esto facilitará al solicitante conocer si debe o no presentar garantías.
-El escenario de estudio será homogéneo y se tendrán en cuenta las caducidades de los permisos y de los derechos de extensión.
-Las previsiones de funcionamiento de las instalaciones existentes se basarán en medidas horarias reales, por lo que se introduce el perfil de funcionamiento real de las instalaciones y las potencias realmente demandadas.
-Se definen unos coeficientes de simultaneidad únicos para todo el territorio nacional.
-Se define el concepto de demanda singular para permitir que los gestores de la red de distribución tengan capacidad para atender una demanda razonable.
-Se definen las relaciones entre gestores de la red: cuándo es necesario informe de aceptabilidad e intercambio de información.
Los mapas de capacidad de acceso firme de la demanda a la red de distribución se publicarán por primera vez el 9 de septiembre de 2025 en la página web de los gestores de la red de distribución.
De acuerdo con la información aportada por el sector, en el año 2024 se denegaron más del 60 % de las solicitudes de acceso y conexión de instalaciones de demanda y almacenamiento: En torno a 40 GW de potencia han solicitado acceso a la red de distribución ese año y les ha sido denegado por falta de capacidad.
Las instalaciones que deseen solicitar la capacidad disponible deberán aportar la información prevista en el anexo I de la Circular 1/2024 y las garantías económicas reguladas en el artículo 23.bis del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre.
La distribuidora irá atendiendo estas solicitudes en orden de entrada de solicitudes completas.
Es importante recordar que las industrias que planifiquen la electrificación de sus procesos es posible que precisen de un incremento de potencia contratada que supere la potencia que tienen vigente actualmente, por lo que tendrían que solicitar un nuevo permiso de acceso.
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