Autor: energiaextremadura

El nuevo reglamento de ecodiseño que prepara la Unión Europea será más exigente con las emisiones de las calderas de biomasa

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La revisión del Reglamento de Ecodiseño que está llevando a cabo la Comisión Europea desde principios de año va a introducir cambios que pueden afectar de manera significativa a los fabricantes de calderas y estufas de biomasa, según ha informado AVEBIOM.

El primer borrador con las modificaciones propuestas por la Comisión Europea que se ha conocido a principios de año ha generado gran preocupación en la industria, ya que incluye requisitos técnicos tan exigentes que podrían llegar a afectar a la continuidad de numerosas empresas del sector en toda Europa. 

La revisión del reglamento introduce una serie de modificaciones que afectan tanto al alcance como a los requisitos técnicos de las calderas y estufas de biomasa. Son medidas que pretenden mejorar la eficiencia energética y reducir las emisiones, pero plantean una complicada coyuntura para los fabricantes, que deberán adaptarse a nuevas y muy exigentes normativas en un plazo de tiempo relativamente corto. 

Según ha informado AVEBIOM, entre las modificaciones propuestas para el nuevo reglamento de calderas figuran: 

  1. Ampliación del ámbito de aplicación. Se extiende el alcance del reglamento a calderas con una potencia térmica de hasta 1.000 kW (anteriormente limitado a 500 kW); y se incluyen las calderas que utilizan combustibles de biomasa no leñosa (huesos de aceituna, orujillo, paja, cáscaras de girasol, entre otros). 
  2. Límites de emisión más estrictos. Se establecen nuevos límites de emisiones estacionales de partículas (PM), reduciéndolos de 40 mg/m3 a solo 3 mg/m3 (con 10% de O2) para calderas de biomasa leñosa, un umbral considerado inalcanzable por la industria. Para la biomasa no leñosa, el límite de PM se fija en 30 mg/m3, lo que también supone un reto considerable para los fabricantes. Se endurecen los límites de emisiones de CO y NOx, lo que podría impactar negativamente en la competitividad de las calderas de biomasa frente a otras tecnologías. 
  3. Exigencias técnicas adicionales. Se establece la obligatoriedad del control automático de la combustión (ACC) para todas las calderas, lo que podría excluir modelos sin componentes electrónicos y aumentar los costes de fabricación, y se introduce un límite máximo de consumo energético en modo de espera. 
  4. Plazos de implantación. La aplicación del nuevo reglamento está prevista para el 1 de julio de 2027, un plazo demasiado corto para que los fabricantes, especialmente las pymes, adapten sus productos y procesos de producción. Se prevé un colapso en la capacidad de los laboratorios de certificación debido a la demanda masiva de pruebas para cumplir con los nuevos requisitos. 

Las principales modificaciones que afectan a las estufas de biomasa son:

  • Introducción de una nueva fórmula de eficiencia estacional, que penaliza injustamente a las estufas de leña de alta eficiencia.
  • Aplicación de una nueva metodología de ensayo, que no ha sido suficientemente validada, contradice normativas existentes y aumenta los costes de certificación sin una justificación clara.
  • Obligatoriedad de instalar control automático de la combustión (ACC). Afecta a los aparatos no eléctricos (prácticamente todas las estufas) y podría dar lugar a una combustión ineficiente en los equipos de leña, que no cuentan con una evaluación estandarizada de la eficiencia.

De aprobarse la propuesta de nuevo reglamento, el cumplimiento de los requisitos obligaría a desarrollar e instalar nuevas tecnologías en un tiempo récord, incrementando de manera sustancial los costes de producción y certificación de los equipos. Además, muchas empresas podrían verse obligadas a retirar del mercado modelos de calderas o estufas que no puedan cumplir con los nuevos límites de emisión, lo que reducirá la oferta disponible.  

El sector también teme que los aparatos de calefacción con biomasa pierdan atractivo frente a otras opciones, incluidas las que utilizan combustibles fósiles, algo que iría en contra de los objetivos de descarbonización de la UE. Esta posible reducción de la demanda también afectaría al empleo generado por la industria de fabricación y comercialización de calderas de biomasa. 

La patronal europea Bioenergy Europe, junto con las asociaciones nacionales, como AVEBIOM en España, han manifestado expresamente a los eurodiputados su oposición a la propuesta en su forma actual solicitando que se revise la rebaja de los límites de emisión, se excluya la obligatoriedad de algunos requisitos técnicos, se extiendan los plazos para la introducción del reglamento y se evalúe el impacto económico y ambiental de la aplicación del reglamento con la mayor transparencia. Gracias a este esfuerzo conjunto, se ha logrado que la Comisión retire la propuesta y haya aplazado sine die la próxima reunión del “Consultation Forum”.

En relación a los límites de emisión, se ha solicitado que los valores propuestos tengan en cuenta las capacidades actuales de las tecnologías existentes, evitando restricciones que excluyan del mercado una gran cantidad de modelos de calderas sin ofrecer alternativas viables. Además, se insiste en que cualquier reducción de emisiones se haga de manera progresiva, para permitir que la industria pueda adaptarse sin generar distorsiones en el mercado. 

El plazo propuesto para la entrada en vigor del reglamento (1 de enero de 2027) se considera insuficiente para desarrollar y certificar nuevas soluciones tecnológicas, por lo que se propone una implantación gradual, similar a la aplicada en regulaciones anteriores, con períodos de adaptación que permitan a las pymes ajustarse a los nuevos requisitos sin poner en riesgo su competitividad. 

También se ha criticado la falta de un análisis detallado sobre el impacto que estas medidas tendrían en el sector, en términos de empleo, competitividad y acceso de los consumidores a soluciones de calefacción asequibles. La industria exige que se publiquen los estudios de impacto antes de la aprobación final del reglamento y que se incluyan consultas públicas con todas las partes interesadas. 

Según AVEBIOM, Se considera necesario excluir algunos requisitos técnicos propuestos como la obligatoriedad del ACC en todos los modelos, dado su elevado coste y su aplicabilidad limitada. También se ha solicitado ajustar los límites de emisión de partículas (PM) para la biomasa no leñosa a 40 mg/m³ en lugar de los 30 mg/m³ propuestos.  

La ampliación del reglamento a calderas de hasta 1.000 kW también se cuestiona, ya que no existen métodos de prueba adecuados para esta categoría de equipos, y se considera más apropiado que se regulen bajo la Directiva sobre Instalaciones de Combustión Medianas (MCP).  

Más de 50.000 familias instalaron autoconsumo fotovoltaico en España en 2024 aunque a un ritmo menor que antes

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Aunque el autoconsumo sigue creciendo en España, su ritmo se ha ralentizado. El año pasado, más de 50.000 familias instalaron autoconsumo, con un total de 1.182 MW nuevos en 2024. Sin embargo, el crecimiento se ha reducido un 31% con respecto a 2023.Estos datos se han dado a conocer durante la celebración de la V Cumbre de Autoconsumo, organizada por la Unión Española Fotovoltaica (UNEF).

Por ello, el sector ha propuesto y medidas concretas de aplicación urgente para seguir impulsando la apuesta de los consumidores por estas soluciones, como la eliminación de barreras administrativas, incentivos fiscales y el impulso del autoconsumo colectivo y las comunidades energéticas.

La energía fotovoltaica, sumando el autoconsumo, es ya la segunda fuente de energía en generación en España, por detrás de la eólica y por delante de la nuclear.  En 2024, la fotovoltaica cubrió el 20% del mix eléctrico.

En este camino, la apuesta de los consumidores por el autoconsumo sigue creciendo. El año pasado, más de 50.000 familias instalaron autoconsumo, con un total de 1.182 MW nuevos en 2024. Sin embargo, el crecimiento se ha reducido de forma importante. 

Rafael Benjumea, presidente de UNEF, ha subrayado la relevancia de adoptar medidas urgentes para retomar la senda de crecimiento y alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC).

El presidente de UNEF ha compartido la inauguración del acto con Miguel Rodrigo, director general del IDAE, quien ha destacado que el autoconsumo, a pesar de la ralentización, crece muy por encima de los niveles precrisis: «En 2024 se instaló un 61% más que en 2019» y añadió que «el autoconsumo nos puede permitir avanzar más rápido en la tarea de garantizar la equidad energética».

Desde la aprobación del Real Decreto 244/2019, el autoconsumo ha dejado de ser una alternativa marginal para convertirse en una opción habitual para hogares, empresas y administraciones. Sin embargo, el ritmo actual de crecimiento no es suficiente para cumplir con el objetivo de alcanzar 19 GW en 2030.

El sector ha señalado diversas barreras que frenan el desarrollo del autoconsumo, desde incoherencias regulatorias hasta trabas administrativas y económicas. Se ha hecho especial hincapié en la necesidad de eliminar límites injustificados en la tramitación, como el actual umbral de 100 kW para la tramitación simplificada, o la restricción en la distancia entre el punto de generación y el de consumo.

Red Eléctrica imparte formación en prevención de incendios y protección de avifauna a más de 100 de agentes de Medio natural de la Junta

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Red Eléctrica, la filial de Redeia responsable del transporte y la operación del sistema eléctrico en España, ha iniciado este miércoles un plan de formación dirigido a agentes del medio natural de la Junta de Extremadura, con el objetivo de ampliar sus conocimientos respecto de las redes de alta tensión y su relación con el medio natural.

El programa, desarrollado por expertos en medio ambiente y técnicos de líneas de la compañía, pretende trasladar a los agentes del medio natural los conceptos básicos sobre las líneas eléctricas y apoyos de la red de alta tensión. También se les formará en materia de seguridad y gestión forestal en relación con la prevención de incendios forestales, y finalmente se expondrán las interacciones de los tendidos con la avifauna, la legislación y el plan de señalización.

Participaron 120 agentes de la Junta, y se han celebrado en los siguientes lugares: 

-9 de abril en Cáceres (Consejería de Agricultura).
-15 de abril en Mérida (Escuela de Administración Pública).
-23 de abril en Don Benito (Centro de Formación del Medio Rural).
-29 de abril en Plasencia (Escuela Politécnica).

Durante los últimos años, la Junta de Extremadura ha puesto en marcha diferentes ayudas para la adaptación de líneas eléctricas con potencial peligro. Para proyectos de adaptación de líneas eléctricas peligrosas que contemplen obligatoriamente actuaciones de corrección estructural para garantizar el cumplimiento de las prescripciones técnicas establecidas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto (BOE núm. 222, de 13 de septiembre de 2008); así como en las Recomendaciones Técnicas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico para la corrección de los apoyos eléctricos del riesgo de electrocución de aves. Dichas actuaciones consisten en:

a) Medidas de prevención contra la electrocución:

1.º Sustitución de las cadenas de aisladores, en los apoyos de alineación, de posición rígida a posición suspendida.

2.º Eliminación de elementos de tensión por encima de las crucetas o semicrucetas.

3.º Aislamiento en todas las fases, todos los puentes o conexiones existentes entre los elementos en tensión y los bornes de conexión de los mismos utilizando conductor aislado o cubrición con aislamiento eficaz. En los apoyos de amarre, habilitar una distancia mínima de 60 cm entre la punta de la cruceta y el puente inferior.

4.º Habilitar una distancia entre la semicruceta inferior y el conductor superior superior o igual a 1,5 m, para las crucetas tipo canadiense, tresbolillo, vertical y doble circuito o una distancia entre la cabeza del fuste y el conductor central superior o igual a 0,88 m o aislamiento del conductor central 1 m a cada lado del punto de enganche, para las crucetas tipo bóveda, horizontal y cruz.

5.º Para las crucetas tipo canadiense, habilitar una distancia mínima de seguridad en cadena de suspensión, de 47,8 cm y en cadena de amarre, de 60 cm.

6.º Para las crucetas tipo tresbolillo, doble circuito y vertical, habilitar una distancia mínima de seguridad en cadena de suspensión, de 60 cm y en cadena de amarre, de 1 m.

7.º Para las crucetas tipo bóveda, horizontal y cruz en cadena de suspensión, habilitar una distancia mínima de seguridad de 60 cm y conductor central aislado 1 metro a cada lado del punto de enganche y en cadena de amarre, de 1 m y conductor central aislado. Para este tipo de crucetas en amarre, se aislarán todos los conductores 1 m en ambos lados exteriores del punto de unión de la grapa de amarre.

8.º En el caso de crucetas distintas a las especificadas en los apartados anteriores, la distancia mínima de seguridad a aplicar será la correspondiente a la señalada para la cruceta cuyo diseño sea más similar a la cruceta no especificada.

9.º No se instalarán alargaderas ni dispositivos similares que permitan la posada.

b) Medidas de prevención contra la colisión

1.º Instalación de señalizadores visuales en los cables de tierra. En su defecto, en las líneas eléctricas en las que únicamente exista un conductor por fase, se instalarán directamente sobre aquellos conductores que su diámetro sea inferior a 20 mm.

2.º Los señalizadores serán de materiales opacos y estarán dispuestos cada 10 metros (si el cable de tierra es único) o alternadamente, cada 20 metros (si son dos cables de tierra paralelos o, en su caso, en los conductores). La señalización en conductores se realizará de modo que generen un efecto visual equivalente a una señal cada 10 metros, para lo cual se dispondrán de forma alterna en cada conductor y con una distancia máxima de 20 metros entre señales contiguas en un mismo conductor.