red eléctrica
La red de transporte aún dispone de capacidad para nueva demanda en el 25% de sus nudos
Red Eléctrica, en su condición de operador del sistema (OS) ha publicado por primera vez las capacidades de acceso para la conexión de demanda en los nudos de la red de transporte calculadas según los criterios técnicos establecidos por las Especificaciones de detalle aprobadas por la CNMC mediante la Resolución de 1 de diciembre.
Los criterios técnicos de cálculo establecidos, de forma análoga a los que son de aplicación para generación, tienen por objeto seguir garantizando la seguridad y correcto funcionamiento del sistema.
Sólo en la red de transporte hay otorgados permisos de acceso y conexión a 129 GW de instalaciones eólicas y fotovoltaicas, 16 GW de instalaciones de almacenamiento y 19 GW de instalaciones de demanda. De estas últimas, desde 2022, fecha en que se aprobó la planificación vigente, se han otorgado 11,8 GW de capacidad para nuevas demandas sin que ninguna se haya puesto aún en servicio. Disponen para ello de 5 años desde que obtuvieron el permiso. El volumen de demanda con permiso, pendiente de conexión sólo a la red de transporte, supondría un incremento del 25% de la demanda actual del país.
Los valores publicados recogen que la red de transporte aún dispone de capacidad para nueva demanda en el 25% de sus nudos que podrá ser otorgada bien a través del criterio general de prelación o mediante concurso.
La información que se publica cumple el acuerdo de la CNMC del pasado 13 de febrero tras la puesta en conocimiento por parte del Operador del Sistema de la situación tanto en cuanto al cálculo de las capacidades de acceso como al avance en el acuerdo de los valores de referencia. Esta información que será actualizada mensualmente será aplicable a todas las evaluaciones de capacidad de acceso de la demanda a la red de transporte que deban realizarse y se irá actualizando a medida que avance el proceso en torno a los valores de referencia y se evolucione en el ámbito de la normativa sobre requisitos de robustez, tal y como indicó la CNMC en dicho acuerdo.
Los resultados de los estudios realizados y en particular los correspondientes al criterio dinámico, confirman la necesidad de asegurar requisitos de robustez (soportar huecos de tensión) en las futuras instalaciones de demanda que se pongan en servicio, especialmente las conectadas mediante electrónica de potencia.
La evolución anunciada de esta normativa permitirá incrementar notablemente la capacidad otorgable en gran parte de los nudos en los que actualmente el valor se ve limitado por criterio dinámico, dado que la red de transporte permitiría acoger con seguridad los flujos necesarios para la alimentación de consumos adicionales.
Las especificaciones de detalle establecen por primera vez la definición del valor de capacidad para demanda que se reserva en la red de transporte para su otorgamiento a instalaciones a conectarse a las redes de distribución (valores de referencia). También a lo largo de estos meses el OS y los gestores de las redes de distribución vienen trabajando en este aspecto en los nudos en los que existen interfaces entre ambas redes y que debe formalizarse mediante acuerdo siguiendo las directrices definidas por la CNMC.
La suma de valores propuestos por los gestores de las redes de distribución supera el doble de la punta histórica del sistema (45 GW). Actualmente, se han alcanzado acuerdos en el 45% de los interfaces transporte/distribución que suman una capacidad de 33,1 GW.
Para seguir avanzando en el proceso de acuerdo de valores de referencia se identifica un número de casos relevante que requiere establecer criterios normativos adicionales para homogeneizar el tratamiento de todos los interfaces entre red de transporte y red de distribución.
El MITECO prepara un decreto para que sea obligatorio para las eléctricas no introducir oscilaciones adversas al sistema eléctrico
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha iniciado la audiencia pública del Proyecto de real decreto por el que se establecen requisitos mínimos de diseño, equipamiento, funcionamiento y seguridad de las instalaciones que se conecten a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, disponible aquí. Las exigencias técnicas introducidas por la futura norma aumentarán la capacidad de acceso disponible en las redes eléctricas de manera relevante e incrementarán la seguridad del sistema, al fijar obligaciones para nuevos consumidores que aportan fortaleza y flexibilidad a la red.
La integración activa y segura en el sistema eléctrico de nuevas demandas asociadas a los centros de procesamiento de datos, la descarbonización de la industria y del transporte, o el hidrógeno renovable, así como el almacenamiento, requiere actualizar los requisitos técnicos de conexión que deben cumplir las instalaciones que se conectan a la red. Además, se espera un crecimiento de tipologías de conexión antes residuales o inexistentes que no están contempladas en los vigentes códigos de red europeos.
El Proyecto del MITECO se anticipa a la actualización de dichos códigos y se aplicará a todas las instalaciones ya previstas y a las futuras, sin coste reseñable, a la vista de la tecnología que ya está incorporada de forma generalizada. En cambio, tendrá un efecto netamente positivo sobre la economía, al permitir aumentar la capacidad disponible en las redes de transporte y distribución.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha establecido un criterio dinámico para determinar la capacidad de acceso a la demanda que afecta a zonas compartidas por varios nudos de la red de transporte. Aplicando este criterio, un único acceso solicitado en un nudo pueden tener un efecto en cascada que drena capacidad en el resto de nudos que comparten la zona –pueden ser decenas, a muchos kilómetros de distancia–, impidiendo atender otras peticiones de acceso.
En las zonas limitadas por el criterio dinámico no se puede aumentar la capacidad invirtiendo en el refuerzo de la red, sino que es necesario actuar sobre las demandas previstas y futuras, para que sean más robustas y su comportamiento no impida la conexión de otras demandas.
La propuesta normativa de MITECO exige que las demandas soporten huecos de tensión, reduciendo considerablemente el número de nudos de las zonas de capacidad compartida y aflorando una capacidad de acceso que de otro modo sería imposible de conceder, habilitando la materialización de más proyectos y potenciando la electrificación de la economía. Su aplicación, en consecuencia, por un lado aumentará la seguridad de la operación y la gestión de las redes y por otro servirá de palanca para optimizar su capacidad.
El Proyecto normativo también introduce requisitos de estabilidad en la inyección de potencia frente a huecos de tensión, en este caso derivados de la aplicación del Real Decreto 997/2025, al igual que nuevos requisitos de calidad de producto, de amortiguamiento frente a oscilaciones de potencia y la obligación de no introducir oscilaciones adversas al sistema eléctrico.
La programación reforzada “antiapagones” representa el 0,8% del volumen de energía renovable no gestionable este año
La denominada programación “reforzada” ha representado de mayo a octubre un 2,34% de los costes totales del sistema eléctrico español, que en este periodo han superado los 18.000 millones de euros. De ese volumen, la programación reforzada ha supuesto 422 millones de euros.
En concreto, el análisis del mes de octubre resulta en los siguientes datos:
-El coste de la programación reforzada ha supuesto un 2,9 % sobre el precio final de la energía de este mes (95,01 €/MWh).
-Esto implica que, para un usuario sujeto a PVPC con un consumo medio mensual de 300 kWh, la operación reforzada ha tenido un coste en octubre de 3 céntimos al día según estimaciones de Red Eléctrica.
Es importante tener en cuenta que es incorrecto realizar comparativas directas con el año 2024, ya que el sistema eléctrico está en evolución y cada día se enfrenta a nuevas situaciones de operación no equivalentes a las del año anterior.
Por otro lado, en los primeros nueve meses del año, la programación reforzada representa el 0,8% del volumen de energía renovable no gestionable que no se integró en el sistema por motivos de seguridad. Son los llamados “vertidos técnicos” o por restricciones técnicas de red, cuyo aumento este año se debe fundamentalmente al incremento de la potencia instalada renovable.
Red Eléctrica no dispone de estimaciones de los denominados “vertidos económicos”, que es la energía que no se integra en el sistema porque no casa en los mercados por motivos ajenos a Red Eléctrica.
Según Red Eléctrica de España, El OS aplica este criterio de programación desde el pasado 30 de abril siendo su intención mantenerlo, con las necesarias adaptaciones a un sistema en constante transición, hasta que se aprueben e implementen todas las medidas normativas, varias de ellas propuestas en su informe de análisis del incidente; hasta tener claro el fenómeno que causó la oscilación anómala y forzada, y hasta que el comportamiento de los sujetos del sistema sea acorde a los requisitos normativos de control de tensión; pudiendo así mitigar tanto las variaciones rápidas de tensión como sus consecuencias, especialmente respecto a la eventual desconexión de instalaciones de generación conectadas a redes de distribución a las que no alcanza la observabilidad del OS y que se puso de manifiesto en el incidente del 28 de abril.
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