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Grandes fondos internacionales con termosolares en Extremadura esperan el dictamen del Tribunal de Arbitraje contra España

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De los paneles solares a los despachos de abogados. Algunos de los mayores fondos de inversión especializados en la inversión en energías renovables y que cuentan con plantas termosolares en activo en Extremadura esperan con impaciencia que los tribunales arbitrales del CIADI, un organismo dependiente del Banco Mundial, les llame a declarar.

Todos ellos llevaron al Estados español ante este organismo internacional de arbitraje para tratar de defender sus derechos e inversiones en España, tras los cambios legislativos retroactivos en materia de primas a las renovables. Entre los fondos con plantas en Extremadura destacan Eiser Infrastructure Limited y Nextera. Dichos fondos internacionales no sólo se quejan de la inseguridad jurídica provocada por los cambios legales sino también de su carácter retroactivo.

Eiser, que en España está asociada a Aries y a Elecnor, tiene una participación del 33,83% en Dioxipe Solar (Astexol), que gestiona una planta termosolar de 50 Mw en el término municipal de Badajoz, en la carretera de Olivenza. También participa con el 36,95% en dos plantas termosolares de 50 Mw cada una en la localidad de Alcázar de San Juan, en Ciudad Real. Entre las tres plantas termosolares, la inversión del grupo en España, realizada a partir del 2007, alcanza los 935 millones de euros.

Mientras, la norteamericana Nextera  anunció a finales del 2013 que cerraba su filial en España. La antigua Florida Power, creada en el 2008 para la construcción de dos termosolares de 49 Mw cada una en la localidad de Navalvillar de Pela (Badajoz), tuvo que provisionar en sus cuentas anuales ante las autoridades bursátiles de Estados Unidos más de 260 millones de euros por el deterioro de sus inversiones en España ante el cambio de la rentabilidad esperada.

Otro importarte fondo que también tramita su denuncia contra España ha sido Masdar, propiedad del Estado de Abu Dabi, que participa en España al 40% en la sociedad Torresol junto a la ingeniería Sener. Torresol tenía grandes planes de inversión en termosolares de concentración en Extremadura que sumaban hasta 200 megawatios de potencia que finalmente, ante el cambio normativo, han quedado en el camino. Torresol gestiona actualmente la planta Gemasolar en la provincia de Sevilla.

El pasado 14 de noviembre algunos de estos fondos ya presentaron un primer documento de acusación explicando la situación ante el CIADI, que tendrá que anunciar en las próximas semanas el calendario de presentación de los pliegos de cargo.

Los recursos contra el nuevo sistema de primas a las renovables avanzan y llegan al Boletín Oficial del Estado

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Los 76 recursos contencioso-administrativos presentados por empresas, fondos de inversión y asociaciones profesionales contra la nueva normativa que modifica y regula la retribución de las instalaciones renovables, cogeneración y plantas de residuos en el mercado español han llegado ya al Boletín Oficial del Estado.

El BOE ya ha publicado seis resoluciones del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en las que su subsecretaría emplaza a los recurrentes a que comparezcan ante la sala tercera de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, donde deberán presentar los escritos en contra de la nueva normativa y defender con ello su postura en los tribunales.

Todos estos recursos se interpusieron cuando el Ministerio de Industria, que dirige José Manuel Soria y cuya autoría se achaca al Secretario de Estado de Energía, Alberto Nadal, decidió modificar radicalmente el esquema seguido hasta ahora a las primas a la generación de energía renovable en España.

El nuevo sistema pasaba de primas a la producción a lo que el Ministerio considera como “retribución razonable” a lo largo de la vida útil de la planta mediante un complejo sistema de cálculo según el Real Decreto 413/2014. Un sistema que los propietarios y gestores de las plantas consideran injusto al ser retroactivo y al no tener en cuenta las inversiones reales desarrolladas en su día.

Esta retribución razonable se calcula en base a unos parámetros de inversión definidos por Industria en la orden ministerial IET/1045/2014 en función de las características de cada planta, por ejemplo el tipo de tecnología utilizada, el tiempo que lleva en funcionamiento y otros varios.

Entre las 76 empresas y asociaciones que han recurrido el decreto figuran grandes empresas industriales como Ferroatlántica, Europac o Viscofan, y patronales como la Asociación Española de Biogás y otras de energías renovables.

“Las reglas del juego no se pueden cambiar de manera unilateral a mitad de la partida, comprometiendo la viabilidad actual y futura de todo un sector”

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Carolina Grau 2

Primera parte
Entrevista con
Carolina Grau
Directora General de Industria y Energía del Gobierno de Extremadura

El Gobierno de Extremadura ha sido uno de los más activos en los recursos contra la nueva normativa que regula la retribución a las renovables. El Ministerio de Industria ha dicho que esos recursos no prosperarán. ¿Confían en que sí lo hagan y en qué sentido?

Ciertamente el Gobierno de Extremadura ha sido muy proactivo en el seguimiento del impacto de la normativa nacional en materia energética, puesto que somos conscientes de que Extremadura es una de las comunidades autónomas a la que los nuevos cambios regulatorios iban a afectar en mayor medida a su sector productivo, a sus pequeños inversores y en definitiva, a las esperanzas de desarrollo y generación de empleo que muchos actores habían confiado a este sector.

Desde la presentación del primero de ellos, allá por el año 2011, han sido 5 los recursos de inconstitucionalidad interpuestos frente a medidas aprobadas por el Gobierno Central, habiendo sido recurridos también, a finales de este verano, ante el Tribunal Supremo, determinados aspectos tanto del RD 413/2014 de 6 de junio (que regula la producción de energías renovables, cogeneración y residuos), como de la orden ministerial de parámetros retributivos que, a nuestro entender, han vulnerado los principios de la seguridad jurídica y de la confianza legítima, amén de causar importantes perjuicios patrimoniales a los inversores.

A esta lucha se han sumado muchos otros actores (asociaciones, patronales, inversores privados, empresas internacionales, fondos de inversión, etc.), pero en estos momentos creemos que el resultado de esta pugna legal es difícil de prever.

Aunque existen dudas de si el alto tribunal mantendrá la postura de defender que el ordenamiento jurídico y las normas pueden ser modificadas por el Gobierno cuando las circunstancias así lo aconsejen, lo cierto es que desde el Gobierno de Extremadura tenemos el firme convencimiento de que las reglas del juego no se pueden cambiar de manera unilateral a mitad de la partida, máxime cuando compromete la viabilidad actual y futura de todo un sector, vital para nuestro desarrollo y para nuestra independencia, como es el sector energético.

Como opciones, aunque reitero difíciles de materializar, contemplamos la posibilidad de que declaren nula la normativa, o al menos, mejoren los criterios de fijación de los costes de inversión y de los parámetros empleados para fijar el umbral de “rentabilidad razonable”. Esperamos poder conocer el resultado tanto del Constitucional como del Supremo lo antes posible.

En la primavera del 2012 se presentaron varios grandes proyectos fotovoltaicos sin primas en Extremadura, apoyados en multinacionales. ¿En qué momento de tramitación administrativa se encuentran dichos proyectos?

Los tres grandes proyectos fotovoltaicos sin primas siguen su tramitación como estaba previsto. A pesar de que la autorización de este tipo de proyectos de potencia superior a 50 MW es competencia de la Administración General del Estado, desde el Gobierno de Extremadura les estamos aportando todo el asesoramiento necesario para superar las barreras no tecnológicas que pudieran dificultar la construcción y explotación de estas instalaciones.

El proyecto fotovoltaico de 300 MW de Talaván, promovido por el Grupo Gerlicher, se encuentra en avanzado estado de tramitación administrativa. De hecho, habiendo realizado el depósito del aval (necesario para comenzar el trámite ambiental) y el pago de las tasas administrativas exigidos en la normativa, ya ha superado los trámites de información pública y separatas, y se encuentra en la sede del MINETUR y MAGRAMA esperando le sea emitida la declaración de impacto ambiental, previa al otorgamiento de la autorización administrativa.

Por su parte, el proyecto de 400 MW de Bienvenida y Calzadilla, promovido por Solarstrom AG, se encuentra también en avanzado estado de tramitación administrativa, en concreto, ha finalizado el trámite de información pública  de tal manera que, una vez culmine también el trámite de separatas, será igualmente remitido al MINETUR para, a continuación, esperar su declaración de impacto ambiental a emitir por el MAGRAMA, previa al otorgamiento de la autorización administrativa.

Finalmente, el promotor del proyecto denominado Núñez de Balboa a desarrollar en Usagre, con una potencia de 460 MW, se encuentra ultimando la elaboración del proyecto de la instalación, momento en el que iniciará los trámites de cara a obtener las autorizaciones necesarias para la ejecución del mismo.

La conclusión, por tanto, es que los proyectos avanzan en su tramitación satisfactoriamente, aunque no podemos obviar el hecho de que, actualmente, se encuentra abierto un nuevo proceso de planificación de las redes de transporte de electricidad, iniciado mediante la Orden IET/2598/2012, cuyo resultado tiene mucho que ver con la viabilidad de estas iniciativas.

Para muchas empresas del sector, el autoconsumo era visto como una alternativa ¿Hay opciones desde una comunidad autónoma como Extremadura de activarlo pese a que la nueva legislación nacional no parece incentivarlo?

Como ya se ha comentado, en los últimos años se han tomado una serie de medidas y decisiones a escala nacional para eliminar el déficit de tarifa, que cualquier intento de relanzar significativamente el mercado de la generación de energía a partir de fuentes renovables se ha convertido en una proeza de ya escasa rentabilidad.

Ante esta perspectiva, las empresas y los ciudadanos han identificado el autoconsumo como una interesante salida a su know-how empresarial, así como una posible solución al elevado coste energético de las instalaciones industriales o de nuestras propias viviendas.

A raíz de la publicación del RD 1699/2011, que regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia, varias Comunidades Autónomas publicaron notas aclaratorias. En concreto, la actual Dirección General de Industria y Energía emitió una circular el 20 de enero de 2013 para explicar los procedimientos administrativos necesarios para la tramitación y legalización de dichas instalaciones de generación de energía fotovoltaica de potencia inferior a los 100 kW.

A fecha de hoy estas instrucciones del Gobierno de Extremadura siguen vigentes, en base a las que se reconoce la posibilidad de llevar a cabo este tipo de instalaciones.

Pero no podemos obviar que la recientemente aprobada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, empezó a abordar la regulación del autoconsumo de energía eléctrica dejando pendiente el desarrollo de conceptos, que podrían poner en cuestión la viabilidad del mismo, tan significativos como los denominados costes para la provisión de los servicios de respaldo del sistema, así como el desarrollo normativo de las condiciones de índole administrativa, técnica y económica asociadas.

Por ello, consideramos fundamental que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo publique definitivamente el RD que regule el autoconsumo y el balance neto, que sigue en estado de “propuesta” desde mediados de julio de 2013.