La Junta de Extremadura abre el plazo hasta el 30 de junio para pedir ayudas para infraestructuras eléctricas a municipios de hasta 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz

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La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, ha convocado  en los últimos años una línea de ayudas a las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma destinada a la creación, reforma o adaptación de las infraestructuras eléctricas necesarias para los servicios municipales y para el desarrollo de los planeamientos urbanísticos de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Con fecha 3 de abril de 2013 se suscribió un convenio interadministrativo entre la Diputación de Badajoz y la Junta de Extremadura sobre concesión de subvenciones para el desarrollo, adaptación y mejora de la infraestructura eléctrica por las entidades locales, siendo el objeto de dicho Convenio establecer los mecanismos de colaboración entre la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para la gestión y financiación conjunta de obras de infraestructura eléctrica municipal de las Entidades Locales de su ámbito territorial, las cuales se seleccionaran conforme al Decreto 202/2012, de 15 de octubre.

La orden del 29 de mayo de 2013 tiene por objeto establecer la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva por la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación de ayudas dirigidas a entidades Locales de la provincia de Badajoz para la ejecución por éstas de obras correspondientes a nuevas instalaciones eléctricas en alta y baja tensión, o a la reforma, modificación o adecuación de las existentes por motivos de seguridad o de mejora de la calidad del suministro, siendo la finalidad de dichas actuaciones la mejora del funcionamiento de los servicios públicos municipales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 202/2012, de 15 de octubre, las instalaciones subvencionables mediante la presente convocatoria son las siguientes:

– Instalaciones eléctricas de distribución de alta y/o baja tensión destinadas a la dotación de suministro a polígonos industriales promovidos por las Entidades Locales solicitantes y en terrenos de su propiedad.

– Instalaciones eléctricas de distribución de alta y/o baja tensión destinadas a la dotación de suministro a desarrollos urbanísticos promovidos por las Entidades Locales solicitantes y en terrenos de su propiedad, a excepción de lo indicado en la letra anterior.

– Desvíos y/o reformas de instalaciones eléctricas de distribución existentes promovidos por las Entidades Locales solicitantes en zona residencial por motivos de seguridad y/o cumplimiento reglamentario.

– Desvíos y/o reformas de instalaciones eléctricas de distribución existentes promovidos por las Entidades Locales solicitantes en polígonos industriales por motivos de seguridad y/o cumplimiento reglamentario.

– Instalaciones de nueva extensión de red (acometidas) destinadas a dotar de suministro eléctrico a dependencia municipal.

– Instalaciones eléctricas para recintos destinados a ferias y fiestas populares, entendiéndose como tales, aquellas instalaciones de distribución de propiedad municipal que queden ubicadas dentro de recintos abiertos y de forma permanente, destinadas a los fines indicados.

– Instalaciones eléctricas para el aprovechamiento de energías renovables, cuando su objeto sea el suministro exclusivo de energía eléctrica a dependencias municipales situadas en lugares aislados en el medio rural.

Podrán solicitar, y en su caso obtener, las ayudas públicas contempladas en esta orden todas aquellas Entidades Locales de la provincia de Badajoz que pretendan realizar obras de electrificación, de las especificadas en el artículo anterior, en términos municipales cuya población en el momento de presentación de la solicitud de la subvención, sea igual o inferior a 20.000 habitantes.

El 60% de los edificios españoles se han construido sin tener en cuenta ninguna normativa de eficiencia energética

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La entrada en vigor de la norma de certificación energética sigue generando muchas dudas entre los consumidores pero también entre las propias administraciones.

La consultora Lowendalmasaï, especializada en la optimización de costes empresariales, advierte de que el 90% de los españoles desconoce el alcance real del nuevo certificado energético que entró en vigor el día 1 de junio, y que afectaría tanto a empresas, como particulares.

Según los datos de la multinacional, el 60% de los edificios españoles se han construido sin tener en cuenta ninguna normativa mínima de eficiencia energética, siendo la primera del año 1979.

A partir del 1 de junio todos los propietarios (empresas o particulares) de edificios, viviendas y/o locales  que alquilen o vendan, tienen la obligatoriedad de disponer de un certificado de eficiencia energética.

El certificado energético, que tendrá una validez de 10 años, se condensara mediante una etiqueta energética, la cual ha de figurar en cualquier publicidad que se haga del inmueble y debe ser registrado en el órgano competente de cada Comunidad Autónoma, de este modo cualquier empresa o particular debe saber qué calificación energética tiene el inmueble que pretende comprar o alquilar.

En  la metodología de cálculo de la calificación de eficiencia energética se tendrán en cuenta aquellos factores que más incidencia tienen en el consumo energético, así como las condiciones técnicas y administrativas para las certificaciones de eficiencia energética de los edificios.

La principal virtud de esta medida, según Laura Delgado, directora general de Lowendalmasaï, será “fundamentalmente la posibilidad de comparar en el mercado las distintas muestras en venta y posicionar favorablemente aquellos inmuebles que cumplan con una mayor eficiencia energética”. Además, “se contribuye a informar de las emisiones de CO2 por el uso de la energía proveniente de fuentes emisoras en el sector residencial, lo que facilitará la adopción de medidas para reducir las emisiones y mejorar la calificación energética de los edificios”, concluye.

El ámbito de actuación de la certificación energética abarca tanto a edificios de nueva construcción como edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor. También afecta a edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.

Quedarán excluidos de la norma los edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno  declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico; edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas; construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años y edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales y edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.

Foto: Maqueta de Mérida Tercer Milenio, en donde todos los edificios han sido proyectados con los últimos estándares de la eficiencia energética.

“Los ciudadanos se gastan mucho más dinero mensualmente en pagar la factura del teléfono o internet que en la factura de la luz”

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CIDE EXTREMADURA

Entrevista con
Eugenio Manzano Otero
Presidente de CIDE Extremadura y consejero delegado del Grupo Laura Otero

¿Desde el comienzo de la crisis económica, cuál ha sido la evolución de la demanda eléctrica tanto a nivel doméstico como a nivel empresarial y de comercios en las zonas donde están presentes empresas asociadas de CIDE Extremadura?

La crisis está teniendo sin duda un impacto en la demanda eléctrica y en el consumo de energía por parte de los usuarios, tanto particulares como empresas. El cierre de negocios, las reducciones de plantilla, etc., todo ello conlleva en muchos casos un menor consumo eléctrico, y esa tendencia la estamos constatando tanto en el conjunto del país como aquí en Extremadura, donde hemos registrado un descenso en la demanda de electricidad del 4%. No obstante los distribuidores de CIDE estamos haciendo un gran esfuerzo para seguir manteniendo los mismos niveles de calidad y de inversión, y estamos manteniendo, a pesar de la situación actual, los puestos de trabajo.

¿Por qué los cambios de compañía eléctrica son menos habituales en el sector que en otros como el de las telecomunicaciones e incluso el bancario últimamente?

Yo creo que la razón principal es que los ciudadanos se gastan mucho más dinero mensualmente en pagar la factura del teléfono, internet u otros, que en pagar la factura de la luz, y por tanto no consideran una prioridad abaratar ese recibo. No obstante, eso no implica que no se produzcan cambios de compañía eléctrica por parte de los usuarios, si bien es verdad que en el sector eléctrico se dan dos factores decisivos que pueden explicar esa reducida movilidad: No existe verdadera competencia entre compañías eléctricas, y el margen en el sector doméstico es pequeño, debido a que existen precios regulados por el Gobierno.

Desde el punto de vista de la generación con renovables -desde la minihidráulica a la fotovoltaica sobre cubierta-, ¿los últimos cambios normativos pueden frenar las inversiones empresariales de las empresas eléctricas de tamaño pequeño y medio o siguen adelante en el sector?

Estamos realmente preocupados con la situación de incertidumbre en que se halla el sector, a la espera de conocer la reforma energética anunciada por el Gobierno, y que ya ha avanzado que va a repercutir negativamente en las empresas. En lo que respecta a distribución, en España se invierten alrededor de 2.000 millones de euros en el mantenimiento y mejora de las redes de electricidad, y nosotros estamos plenamente dispuestos a seguir invirtiendo, pero entendemos que esas inversiones deben ser reconocidas y retribuidas.

El problema al que nos enfrentamos es de inseguridad jurídica, hay que pensar que la provisionalidad de la retribución a la actividad de distribución eléctrica puede suponer la paralización de las inversiones necesarias para mantener la calidad del suministro, y por eso el nuevo marco regulatorio debe garantizar la seguridad jurídica.

¿La regulación definitiva del autoconsumo eléctrico a nivel nacional y regional puede tener efectos reales para las empresas comercializadoras?

En lo que respecta al autoconsumo, es necesario por parte del regulador establecer unas normas claras y específicas para evitar problemas a futuro entre los distintos agentes implicados. En este sentido en CIDE estamos muy comprometidos con situarnos en la vanguardia de la innovación tecnológica en el ámbito energético, y por ello mismo acabamos de firmar un acuerdo para desarrollar un programa de telegestión de los contadores de electricidad, que va a estar operativo a finales de este año. Esta herramienta va a facilitar a las distribuidoras las lecturas de consumo reflejadas por los contadores en tiempo real, lo que ayudará a la toma de decisiones empresariales.

En cuanto a los consumidores finales, la telegestión les permitirá conocer con mayor precisión sus consumos y modificar sus conductas para reducir el gasto así como ajustar sus tarifas eléctricas.