La Junta presenta un decreto de ayudas para obras de eficiencia energética en colegios e institutos de hasta 200.000 euros por solicitud
La Junta de Extremadura ha presentado un decreto de ayudas, con un montante de hasta 30 millones de euros, para la concesión de subvenciones para la realización de obras de eficiencia energética en edificios e infraestructuras vinculados a la prestación de servicios educativos, destinadas a entidades locales de Extremadura, susceptibles de ser cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Feder 2021-2027.
Dichas subvenciones se orientan a la mejora de la envolvente térmica, instalación de iluminaciones eficientes y mejora de los sistemas de calefacción y climatización en los edificios e infraestructuras vinculados a la prestación de servicios educativos, introduciendo si fuera preciso sistemas de climatización mediante refrigeración, que permitan garantizar unas condiciones mínimas de confort higrotérmico para los usuarios.
Es necesario subrayar la importancia de los sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria generados mediante procesos de combustión de productos fósiles, como principales contribuyentes a las emisiones de GEI; por ello, cobran relevancia, como medidas mitigadoras, las actuaciones y proyectos que se podrán subvencionar al amparo de estas bases reguladoras.
Entre las actuaciones a subvencionar en el citado decreto destacan las obras de mejora de la envolvente térmica de los edificios e infraestructuras municipales asociados a la actividad educativa reglada de infantil (segundo ciclo) y primaria, entre otras, aislamientos en cubiertas y fachadas y/o la instalación de carpinterías exteriores, persianas/lamas y acristalamientos con mejores características térmicas, que podrán incluir la integración de fuentes de energía renovable, siempre que se trate de proyectos integrales cuyo objeto principal sea la mejora de la eficiencia energética.
También las obras de instalación de sistemas de iluminación eficiente en el interior de edificios e infraestructuras municipales asociadas a la actividad educativa reglada de infantil y primaria; entre otros, el cambio a luminarias de alta eficiencia energética, la instalación de sistemas de control y regulación de la iluminación artificial o de control de intensidad y encendido, que podrán incluir la integración de fuentes de energía renovable, siempre que se trate de proyectos integrales cuyo objeto principal sea la mejora de la eficiencia energética.
También lo serán las obras de mejora o implantación de sistemas de calefacción en los edificios e infraestructuras municipales asociados a la actividad educativa reglada de infantil (segundo ciclo) y primaria, que podrán incluir la integración de fuentes de energía renovable, siempre que se trate de proyectos integrales cuyo objeto principal sea la mejora de la eficiencia energética.
Serán actuaciones elegibles las instalaciones de calefacción, climatización y/o producción de agua caliente sanitaria mediante sistemas de aprovechamiento aerotérmico utilizando bombas de calor, tanto para infraestructuras existentes como de nueva construcción. En el caso de las bombas de calor cubiertas por un sistema oficial de etiquetado energético serán de la clase energética A o superior.
También estará incluida la implantación de sistemas de climatización por aerotermia centralizados altamente eficientes en los edificios e infraestructuras municipales asociados a la actividad educativa reglada de infantil (segundo ciclo) y primaria, que podrán incluir la integración de fuentes de energía renovable, siempre que se trate de proyectos integrales cuyo objeto principal sea la mejora de la eficiencia energética.
Las actuaciones en su conjunto deben suponer, al menos, la mejora de una letra en la calificación energética del edificio subvencionado, según se establece en el programa operativo FEDER 2021-2027 Extremadura. Esta mejora de una letra debe obtenerse, tanto en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2 /m2 año) como en la escala de consumo de energía primaria no renovable (kWh / m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio.
Las subvenciones objetivo del decreto contarán una financiación asignada con una cuantía máxima de 30 millones de euros. La ayuda económica que se conceda financiará como máximo el 80 % del coste total elegible del proyecto, con el límite de 200.000 euros por solicitud. Por lo tanto, cada entidad local beneficiaria deberá aportar, al menos, el importe equivalente al 20 % sobre el coste total elegible o sobre el coste final elegible del proyecto subvencionado. En el caso de la mínima inversión posible, deberá aportar 7.500, euros.
